Contratación vacaciones y alguna duda más

Muy buenas y gracias de antemano.
Mis preguntas son varias, la empresa en la que trabajo, tenemos los turnos de 12 horas, tres días de día, tres de descanso y tres de noche, los días de descanso, creo que son por días trabajados, pero nos los computan a la hora de empezar las vacaciones, vamos que puede que mis vacaciones empiecen de descanso, no se si eso es muy legal, y luego para cubrir mis vacaciones, nuestro jefe, no contrata a la gente por quincenas, si no por guardias, osea, que si yo empiezo las vacaciones de descanso, por que así me lo dicen, la gente contratada, empieza el contrato tres días más tarde, ahorrándose el ese dinero en tiempo trabajado, y digo yo, si a mi se me obliga a coger quincenas, caigan como caigan, se puede contratar a la gente para cubrir vacaciones por guardias, no nos deberían de das las vacaciones a nosotros también por guardias.
Y ahí va otra, yo entre con una categoría de la que no realice trabajos, y al cabo de un mes, me empezaron a pagar como categoría superior en la nomina reflejada, pero en mi contrato no lo ponía así, al cabo de siete meses, me cambian el contrato reconociéndome esa categoría, pero lo registran en el inem, sin que yo lo firmara y sin avisarme, enterándome del nuevo contrato a posteriori, vamos un año después, pero ahí no acaba la cosa, por que hace cosa de unos meses, me empiezan a pagar como la primera categoría sin decirme nada, pregunto el porque y me dicen que ya hablatan conmigo, pero nada, y resulta que hago una consulta en el inem y existe otro contrato registrado con el cambio de categoría, el cual de nuevo no pasa por mis manos, y sin ninguna comunicación, ahora eso si la empresa me dice que me va a enviar por correo los contratos, para que los devuelva firmado, y no se que hacer, firmo solo el que más me conviene y reclamo cantidades, denuncio fraude de ley, o todo esto, ttrabajamos àra una contrata del gobierno vasco, en ambulancias, sin convenio, debiendonos atrasos desde el 2008 y a todo eso dicen que nada de nada, que ya hace mucho tiempo y como no se firma convenio, para firmarlo, el año que viene y si nos olvidamos de los atrasos del 2008 y 2009. Una risas mientras que a ello les ha subió un 10% el concurso, vamos que estamos como para slavar vidas, no llegamos a fin de mes ni de coña. Gracias y perdón por haberme extendido, espero haberme explicado bien.

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En principio y salvo que tu Convenio de aplicación diga algo distinto. El Estatuto de los trabajadores en su artículo 38 dice que las vacaciones son 30 días naturales de forma que se pueden contar perfectamente los días de descanso en el computo de las mismas. Lo que no podrías en ningún caso es empezar tus vacaciones en día de libranza pues tu primer día de vacaciones sería aquel que te correspondía trabajar y no trabajaste.
En cuanto a la segunda pregunta. Por supuesto la empresa no puede cambiar unilateralmente el contrato sin tu firma. En cualquier caso el sólo hecho de que en tu nómina figurará una categoría superior (junto con el Salario correspondiente a dicha categoría) unido al desempeño de dichas funciones, constituye un ascenso en toda regla. Por lo que yo procedería tal y como dices a reclamar judicialmente las cantidades (ten en cuenta que las cantidades prescriben al año y que cuanto más tardéis más meses vais a perder de atrasos) que no te han abonado en concepto de atrasos y de categoría y la restitución en tu categoría profesional. También puedes presentar una denuncia por dichos hechos ante la inspección de trabajo.
Muchísimas gracias y así lo haré mañana mismo, es de agradecer a la gente que se preocupa por la peña sin conocerla y sin sacar nada a cambio, esta es la sociedad que debería de existir. Un saludo y muchísimas gracias.

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