Despido

A mi hermana le han comunicado el día 17/08/09 verbalmente que la van a despedir, trabaja en una imprenta digital para una persona autónoma, está contratada año y medio. La dueña le ha dicho que la empresa va muy mal y que quiere llegar a un acuerdo sobre el despido, pues según le ha dicho la jefa hay varias modalidades que van desde pagarle 45 días por año o solo 20 días por año.
¿Qué puede alegar esta jefa para pagar un tipo de despido o otro?
Gracias.

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La indemnización de 45 días de salario es la máxima permitida por nuestro derecho, si le ofrece esa cantidad lo mejor es que acepte, pues si va a juicio y gana se le daría la opción a la empresa entre pagar esa indemnización o readmitir, lo único que podría ganar yendo a juicio serían los salarios de tramitación si la empresa no deposita la indemnización en el juzgado
La de 20 días está prevista para casos de despido objetivo, entre otras causas, por las económicas, en caso de que el trabajador rechace esta indemnización la empresa debería demostrar en juicio esas causas económicas
El contrato de mi hermana es indefinido.
Para alegar el pago de los 20 días, por ejemplo, la empresa ¿tiene qué ponerse en quiebra o en suspensión de pagos o algo así? ¿O sólo con presentar los balances económicos le bastaría?. Por lo que se está empresa no lleva contabilidad, sólo una gestión de gastos e ingresos para facturar.
En principio tendría que demostrarlo con la documentación contable, declaraciones a Hacienda etc

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