Inspector para IT

España, lunes 24 de agosto de 2009
Hola Herraldex:
Reciba un cordial saludo, por favor mi interrogante es el siguiente: Me encuentro en incapacidad temporal por enfermedad común y hoy me entregaron el parte No.49, al recibirlo, la chica de la oficina en donde se reclaman, me comentó que tenía que acercarme al inspector a la mayor brevedad, debido a que me podían suspender los demás partes y me quedaría sin prestación económica en cualquier momento, como dato informo que es la mutua la que me está reconociendo pago mensual.
Además, tengo entendido que el conducto regular es que yo reciba una notificación del inspector para ser valorado y a su vez determinar si puedo continuar con la IT o de lo contrario, se me estaría remitiendo al tribunal médico.
Muchas gracias por la aclaración.
(xxxxxx)

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Pues yo lo entiendo como vd. Vd recibe los partes médicos de la mutua que es la que lo tiene en observación y la que pagar la IT. Como que ese dinero sale de las arcas de la mutua, ya se preocupan ellos de hacer lo que corresponde.
En principio, hasta el parte 52 vd no tiene que preocuparse de nada. A partir de ese momento ya se encargará la mutua de pedir la valoración al tribunal médico.
Vamos... a menos que las cosas hayan cambiado ayer.

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