Derecho Vacaciones

Buenas, trabajo en la administración de una empresa mediana, yo tuve un contrato del 1 de Abril al 30 de Junio, al finalizar me pagaron las vacaciones con su correspondiente finiquito ya que no las disfruté, mi contrato era por obra y servicio. A continuación firme otros 3 meses, del 6 de Julio al 6 de Octubre (Aun en vigor claro está xdd), con lo que supongo que se repetirá el mismo procedimiento que en el anterior contrato, y mi duda es la siguiente, si me dejaran indefinido para el siguiente contrato, ¿tendría derecho a coger vacaciones entre Octubre y Diciembre, es decir antes de que finalice el año? Lo digo porque tengo entendido que por cada tres meses te pertenecen 7 u 8 días de vacaciones y si me quedo me gustaría coger lo que me pertenece en vez de cobrarlas antes de que finalice el 2009 pues en el 2010 sería empezar un nuevo año y tus correspondientes 30 días ¿no?, espero haberme explicado, gracias.

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Tienes todo el derecho a cogerte vacaciones antes de finalizar cualquier tipo de contrato. Es más, el Estatuto de los Trabajadores dice claramente que es derecho del trabajador coger sus vacaciones más que cobrarlas por no haberlas disfrutado.
Por tanto, exige tu derecho. Y cogelas antes de finalizar contrato u año vigente, ya que si dejas pasar el año, las pierdes.
El numero de vacaciones esta estipulado en tu convenio, y tienes que ver cuantos días son y si son naturales o laborales.
Si no tienes más preguntas, finaliza y puntúa.

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