Derecho Vacaciones
Buenas, trabajo en la administración de una empresa mediana, yo tuve un contrato del 1 de Abril al 30 de Junio, al finalizar me pagaron las vacaciones con su correspondiente finiquito ya que no las disfruté, mi contrato era por obra y servicio. A continuación firme otros 3 meses, del 6 de Julio al 6 de Octubre (Aun en vigor claro está xdd), con lo que supongo que se repetirá el mismo procedimiento que en el anterior contrato, y mi duda es la siguiente, si me dejaran indefinido para el siguiente contrato, ¿tendría derecho a coger vacaciones entre Octubre y Diciembre, es decir antes de que finalice el año? Lo digo porque tengo entendido que por cada tres meses te pertenecen 7 u 8 días de vacaciones y si me quedo me gustaría coger lo que me pertenece en vez de cobrarlas antes de que finalice el 2009 pues en el 2010 sería empezar un nuevo año y tus correspondientes 30 días ¿no?, espero haberme explicado, gracias.
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Respuesta de Asade Sindicato
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