Duda sobre jubilación

¿Un autónomo de 70 años puede seguir trabajando y llevando su empresa? ¿O es obligatoria su jubilación?

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En la normativa actual únicamente se aplica el concepto de jubilación obligatoria a una edad (normalmente los 65) a colectivos como los funcionarios o trabajadores a los que así se lo exija su Convenio Colectivo, sin que el resto de los trabajadores estén obligados a ello.
O sea, actualmente cualquier trabajador (evidentemente también los autónomos) puede seguir trabajando más allá de los 65 años...¿hasta cuándo? Pues hasta que el cuerpo y las ganas aguanten.
Es más se permite que se produzca la jubilación y después se vuelva a incorporar a la vida laboral (suspendiendo la jubilación).
Además ... le interesará saber que los trabajadores autónomos están exentos de cotizar a la Seguridad Social (salvo, en su caso, por incapacidad temporal y por contingencias profesionales), en el supuesto de tener cumplidos 65 o más años de edad y acreditar 35 o más años de cotización efectiva a la Seguridad Social.

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