Finiquito

Hola:
Mi marido lleva trabajando en la misma empresa desde 2001 y le han comunicado verbalmente que le van a despedir (despiden a varios trabajadores porque no hay trabajo para todos). Su primer contrato fue temporal hasta 2003, ¿en este momento le finiquitaron ( unos 700?, supongo que serían a 8 días por año) y él firmó el finiquito, y le volvieron a contratar de nuevo con contrato temporal hasta 2005, momento en el cual le finiquitaron de nuevo de la misma manera (en este caso no le dieron nada a firmar, por tanto no firmó el finiquito) y le volvieron a contratar con contrato temporal por obra y servicio sin fecha de finalización, vinculando su contrato a una obra que era en realidad el trabajo que él hacía. Él ha estado haciendo servicio de urgencias además del trabajo que corresponde a la obra que dice su contrato (esto desde 2001).
Este último contrato es el que ahora le van a rescindir. Los abogados de la empresa le han dicho de palabra que van a ofrecer a todos los trabajadores que despiden una indemnización de 20 días por año desde el primer contrato con la empresa (desde 2001 en su caso) (no se si esto es porque se trata de despido colectivo, ERE, u otra razón), les han dicho que ya en unos días volverían ya con los cheques preparados y que quien firmara le darán un compromiso por escrito que si la empresa vuelve a tener trabajo y decide aumentar la plantilla volverán a contratar a los trabajadores que han despedido por orden de antigüedad (en este caso él sería el primero) y que quien no firmara la propuuesta no le volverán a llamar nunca (no se si esto es por presionar, por ahorrarse el pleito o que).
A primera vista parece una propuesta bastante ventajosa en su caso (hay otros compañeros que tienen contrato indefinido y creo que este acuerdo les perjudica), pero me gustaría conocer unna opinión profesional. Además tengo algunas preguntas:
- ¿Tienen qué avisarlo con 15 días de antelación o pagárselos? Creo que le traen el cheque del finiquito para que ya no vaya más y ha oído que no lleva los 15 días pagados.
- ¿Si su sueldo diario es de 57.14? Diarios ¿cuál sería más o menos la cantidad que le corresponde si le quedan 7 días de vacaciones este año (creo que son 2 al no haber terminado el año) y tiene 2 pagas extras semestrales?
- ¿Tienen la obligación de dejarle que se lleve la propuesta para pensarlo o coonsultarlo o pueden obligarlo a que firme allí mismo o le retiran la propuesta?
- ¿A partir de que discrepancia conn lo que le corresponde no le merece la pena no aceptar el finiquito? Por ejemplo: si no le pagan los 15 días de preaviso ¿le merece la pena no firmar o no?
Muchas gracias

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Se trata de encadenamiento de contratos temporales en fraude. Por tanto, sea el tipo de despido que sea, la antigüedad hay que calcularla desde el 2001. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
La propuesta no tiene nada de ventajosa, ya que te están ofreciendo el mínimo que cobrarías con toda seguridad les guste o no, ya que los 20 días es la indemnización mínima en caso de despido objetivo o ERE. Y lo de la antigüedad lo ganas en cualquier tribunal. Por tanto no te han ofrecido nada. Ese acuerdo de contratación posterior es una mierda escrita en un papel bonito. No vale de nada. No tiene ninguna fuerza legal. En ningún caso ningún tribunal les puede obligar a contratar a nadie. Es sólo un caramelo para que el que sea tan gilipollas de creérselo no demande.
Pero es importante que se lo hayan ofrecido porque indica claramente que no existen las causas válidas del despido objetivo. Si existieran no ofrecerían eso porque no tendrían porqué hacerlo. O sea, que hay causa de demanda por despido improcedente en la cual tienes muchísimo que ganar y nada que perder, porque en el peor de los casos cobras igual esos 20 días (que te entran en la declaración de la renta). Pero si ganas suben a 45 y libres de impuestos, aparte de los salarios de tramitación, que son todos los sueldos de lo que dure el proceso. Es decir, fácilmente 4 veces más de lo que le van a ofrecer.
No te lies. No eres tú quien tiene que hacer cuentas sino el abogado. Que no firme nada en absoluto. Mientras que no firme sigue generando derecho a cotización y a cobrar la nómina. Cuando le manden el burofax que vaya al abogado. Lee también en la web que te dicho los artículos sobre el despido y abogados. Sobre todo el del despido. Puedes estar bastante segura de que ganaréis, porque todos esos caramelos que quieren ponerle a los empleados indican claramente que hay tomate, y mucho, por detrás y que lo que quieren es evitar las demandas a toda costa. Además no serás la primera a la que le meten un cheque o pagaré sin fondos.
Participa en esta brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.
Gracias, me ha aclarado bastante tu respuesta, pero me quedan un par de dudas:
- ¿Por qué es en fraude su contrato? ¿Por qué ha trabajado en otras obras? ¿Cómo puede demostrarlo? ¿Servirían las nóminas en que se pagan estos conceptos?
- En el contrato que él tiene pone que en caso de despido lo indemnizarán con 8 días por año trabajado. Si no hacen unn ERE porque no despiden al número mínimo de trabajadores para hacerlo ¿qué pasaría?
Gracias de nuevo
1- Está en el artículo que te dije.
2- Da lo mismo lo que diga en el contrato. Al estar en fraude si se lo finalizan sin hacer un ERE será despido improcedente.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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