Pago de días trabajados que por convenio son festivos
Hola,
Esta pregunta es un poco urgente porque tengo que firmar el finiquito...
Tengo un contrato por obra que se rige por el convenio de publicidad en el que indica en el art 22: El día 25 de enero tendrá consideración de fiesta profesional y abonable y no laborable. Sin embargo, su celebración queda trasladada al primer viernes laborable posterior a dicha fecha.
Ese día tuve que trabajar y no disfruté de ese festivo, ¿tengo derecho a que me lo paguen en la liquidación del finiquito? ¿Debería contar como día de vacaciones o como horas extra?
Lo mismo me pasa con el 24 y 31 de diciembre, pero al haber pasado el año creo que no tengo derecho a reclarmarlo, ¿verdad?
Gracias por su respuesta
Saludos
Esta pregunta es un poco urgente porque tengo que firmar el finiquito...
Tengo un contrato por obra que se rige por el convenio de publicidad en el que indica en el art 22: El día 25 de enero tendrá consideración de fiesta profesional y abonable y no laborable. Sin embargo, su celebración queda trasladada al primer viernes laborable posterior a dicha fecha.
Ese día tuve que trabajar y no disfruté de ese festivo, ¿tengo derecho a que me lo paguen en la liquidación del finiquito? ¿Debería contar como día de vacaciones o como horas extra?
Lo mismo me pasa con el 24 y 31 de diciembre, pero al haber pasado el año creo que no tengo derecho a reclarmarlo, ¿verdad?
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