Despido

Hace 1 mes me dijeron que me echaban a la calle ese mismo, en la carta de despido pone por motivos económicos, que no me podían pagar mi nomina (articulo 52c del estatuto de los trabajadores), en la misma carta asumen la improcedencia del despido y me dan una indemnización de 45 días por año trabajado, me dan dos años, el ultimo contrato que tengo, pero llevo trabajando cinco años en el grupo de empresas. Fuimos al smac y me querían reincorporar, pero perdiendo la antigüedad. Por lo tanto tenemos que ir a juicio. Hace una semana le dijeron al encargado de una empresa con la que mi ex-empresa trabaja, que al mismo tiempo somos amigos de antes de yo empezar a trabajar allí, y que me lo hiciera llegar a mi, que: más vale que acepatara los dos años de antigüedad que me dieron porque sino no iba a llevar nada de nada en el juicio, pues tienen pruebas de que andaba en internet, de que mandaba mensaje desde el ordenador y que iba a tomar café. ¿Pueden en el juicio dar esas pruebas y quedarme sin ninguna indemnización? O no puedes valer de nada esas pruebas puesto que en la carta de despido no figura nada de eso. ¿Me lo estarán diciendo para asustarme? Mi jornada laboral era de 9:30 a 17:30 horas. Muchas gracias, espero su respuesta impaciente.

4 Respuestas

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Es un farol en toda regla para asustarte. No pueden hacer servir estas pruebas por lo siguiente
a) no figuran en la carta de despido y por tanto no se pueden aducir nuevos motivos más que los que ahí están descritos
b) hay reconocimiento de la improcedencia por consiguiente es indiferente si los motivos eran disciplinarios, económicos o lo que sea.
c) Aunque te volvieran a readmitir y a despedir por estos nuevos motivos (que es lo único que pueden hacer) tampoco les valdría pues
c1) los hechos probablemente habrán prescrito
c2) no te los habían notificado previamente con lo que estás en completa indefensión, ya que no pudiste alegar nada a tu favor (por tanto es como si no los tuvieran)
C3) es una represalia por el anterior despido que no han podido hacer
c4) recuerdo que las pruebas telemáticas (emails, internet, etc) pueden ser oídas pero no son admitidas dada su propia naturazleza de manipulable por parte de la empresa
Muchas gracias por su respuesta, que alivio! Otra preguntita. ¿Tendría derecho a percibir los salarios de tramitación (no se si es correcta la palabra)? Teniendo en cuenta que depositaron en el juzgado el dinero que ellos me daban ( lo de los dos años de antigüedad). Otra cosita, ¿cómo ve el tema? ¿Es posible ganar el juicio? Muchas gracias
Claro, si el despido es declarado fianlemnte como improcedente, corren los salarios de tramitación hasta la fecha de la sentencia. El hecho que ellos depositaran paraliza los salarios siempre y cuando se mantenga el tipo de despido que han efectuado, si es otro no y lo único que se mantiene es la fecha del despido.
Está más que ganado, es más no creo que lleguéis a celebrar y aunque sea antes de entrar a juicio, intentaran un arreglo con una buena oferta.
No me quedo muy claro lo de que si el despido es declrado improcedente... en la propia carta de despido ellos ponen (palabras textuales) "con el fin de evitar un procedimiento judicial esta empresa le reconoce la improcedencia del despido...", por lo tanto ¿no se considera un despido improcedente ya? Otra pregunta (la ultima) la carta me la dieron y el mismo día me dijeron que no volviera, ¿tengo derecho a la indemnización por falta de preaviso? Muchas gracias
Claro, me explico lo salarios no correrán si manitnene el despido efectuado, pero eso es lo que sospechamos no van a querer, ¿la prueba está las presiones que te someten para que aceptes una anitguedad menor de la que te corresponde no?
Entonces lo que digo, es que si te mantines firme en la antigüedad y entonces ellos te readmiten e intentan efectuar otro tipo de despido, aparte de que no lo conseguirán por lo que te he comentado, entonces si que correrían salarios de todo este tiempo entre un despido y otro que te han de abonar ya que te readmiten
No hay preaviso si hay reconocimiento de improcedencia
Ok, haber si lo entiendo: en caso de que no se me conceda la antigüedad que tengo (los 5 años) y se apruebe su antigüedad (los 2 años) no tendría derecho a los salarios de tramitacion; pero por lo contrario si me readmiten o me aprueban la antigüedad total si que tendría derecho a cobrarlos. ¿Es algo así?
Exacto sólo en el caso de que haya juicio y ganen (casi imposible) no correrían salarios pues ya reconocieron la improcedencia y depositaron en el juzgado.
Si te readmiten te tendrán que pagar todo este tiempo o sea los salarios de tramitación
si te aprueban la antigüedad de 5 años también correrán salarios pero por otra causa y es que la indeminzación que depositaron en el juzgado no es la que corresponde ya que aunque sea de 45 días solo han depositado calculando 2 años cuando deberían ser 5 y por tanto esta mal calculado y por consiguiente no es un error excusable y el juez condenara también a pagar salarios
La ultima cosita que me gustaría especificar, y que me rompe los esquemas un poco. Ellos en la carta de despido alegan por causa de dspidoel articulo 52c diciendo que yo al no vender ningún por (le vamos a llamar x), actividad para la que ha sido contratada, no pueden hacerse cargo de mi nomina. Ellos ahora lo que quieren alegar es que no vendía ningún x porque esta tomando café, mandado sms, andando en internet. ¿Se lo pueden dar por válido? ¿O tendrían que haberlo notificado en la carta de despido? En mi contrato pone que soy oficial administrativa no comercial, tal y como quieren hacer ver en la carta de despido.
No por las razones que te he comentado entre otras evidentemnet la que comentas, que tendrían que haberla puesto en la carta de despido, amen de la categoría que también les va en contra. De todas formas si reconocen la improcedencia da igual los motivos, lo importante es hacer valer tus derechos con la antigüedad.
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Creo que su empresa lo está intentando asustar de cualquier forma.
En primer lugar, no pueden aportar pruebas que se inventen, toda vez que antes de aportarla tendrían que haber comunicado y tú firmado una o varias amonestaciones por escrito, en dónde se describen los hechos que consideran no válidos hechos por ti.
Si no lo han hecho, de nada les vale decir a terceras personas que en el juicio no llegarán a ningún acuerdo y menos a un juez.
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La carta de despido es la base. Si a vd le despiden por motivos económicos pero asumen la improcedencia... no hay más que hablar.
Si en la carta hubieran puesto lo de internet, entonces ellos deberían probarlo y vd decir que no es cierto.
Lo dicen para asustar.
Vd debe demandarles por haber estado trabajando en el mismo grupo de empresas y pedir la indemnización correspondiente a los 5 años. Si le quieren readmitir, deben hacerlo con la misma antigüedad y la misma jornada.
Están tratando de negociar... para ellos solo es dinero. Para vd es su modo de vida y la de su familia. Debe ser duro, negar todo y buscarse un abogado que sea ESPECIALISTA en laboral. Aaahhh, y no dude en consultar a dos o tres antes de darle poderes al que más le convenza. Y lo importante no son los honorarios.
Cuidado que hay mucho patata suelto.
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Como bien dices el despido tiene unas causas y tu lo que reclamas es la antigüedad del despido, es mezclar temas que te vengan diciendo eso para asustarte.

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