Duda razonable
En mi convenio colectivo dice: La jornada de trabajo con carácter general será de 1761 horas de trabajo efectivo anual, equivalente a 39 h efectivas de trabajo a la semana y de 7h y 35 minutos de media diarias de lunes a viernes, más 12 sábados a razón de 4 horas de trabajo efectivo.
Mi Pregunta es: ¿Esos 12 sábados a 4 horas están incluidos en las 1761 horas de computo anual y si lo están puedo trabájalo repartido en la jornada de lunes a viernes?
Mi Pregunta es: ¿Esos 12 sábados a 4 horas están incluidos en las 1761 horas de computo anual y si lo están puedo trabájalo repartido en la jornada de lunes a viernes?
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Respuesta de Asade Sindicato
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