Despido por fin de obra
La empresa se dedica a dar servicios de reparto a otras empresas. Al principio me contrataron por circunstancias de la producción (402) como repartidor. El trabajo fue para una empresa en concreto, después fui al paro 6 días y volvieron a contratarme esta vez para cubrir una baja durante 13 días (interinidad) pero el trabajador no se incorporó y me hicieron un contrato fin de obra con el que he estado 35 meses. Estos últimos contratos han sido para dar servicio a una empresa diferente a los primeros contratos. El puesto siempre ha sido el mismo, repartidor. Aunque he estado realizando funciones de almacen y de reparto.
El contrato fin obra especifica "promoción de servicios de reparto con empresa tal". Ahora esta empresa ha dado por finalizado el contrato por lo que mi empresa alega que ha finalizado la obra y que por la situación actual no puede recolocarnos en otro puesto, así que nos mandan al paro, con 8 días por año.
¿La pregunta es si está bien o si me corresponde otra indemnización diferente?, ¿Y en su caso que debería hacer? Muchas gracias y un saludo.
El contrato fin obra especifica "promoción de servicios de reparto con empresa tal". Ahora esta empresa ha dado por finalizado el contrato por lo que mi empresa alega que ha finalizado la obra y que por la situación actual no puede recolocarnos en otro puesto, así que nos mandan al paro, con 8 días por año.
¿La pregunta es si está bien o si me corresponde otra indemnización diferente?, ¿Y en su caso que debería hacer? Muchas gracias y un saludo.
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Respuesta de sensei1
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