Días personales

Si un trabajador tiene días personales, si al terminar el año no los ha disfrutado, hay que pagarlos, que los disfrute o que se hace en estos casos

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Es un derecho, no una remuneración. Los pierde si no los disfruta, al igual que las vacaciones
Me explico a lo mejor más bien, ahora quiero que antes de terminar el año, los trabajadores disfruten de todas las vacaciones que les quedan, estos días personales se les suman a las vacaciones, o es otra cosa
No, no se suman a las vacaciones.
Son días personales para asuntos propios, or ejemplo, renovación carnet de conducir... O se disfrutan o se pierden
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