¿Se pierden las vacaciones estando de baja?

He estado de baja por enfermedades desde junio de 2009 y me he incorporado este mes de marzo de 2010. El año pasado no había disfrutado ningún día de vacaciones. ¿Me debe dar la empresa el mes que me corresponde del 2009 ahora en el 2010 o lo he perdido por haber finalizado el año?.

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En la importante sentencia dictada por el tribunal de justicia de la unión europea el pasado 20 de enero de 2009, que interpreta el alcance del articulo 7 de la directiva 2003/88/CE, sobre disfrute de vacaciones, se modifica y corrige el criterio hasta ahora aplicado en España sobre la perdida de las vacaciones cuando coincidan con periodos de baja por enfermedad, de manera que a partir de ahora cuando se produzca una baja por enfermedad coincidente con las vacaciones anuales, se tendrán que disfrutar en un periodo distinto, incluso cuando aquella baja se haya prolongado más allá del año natural correspondiente. Puedes demandar de forma que no te costaría nada, ganes o pierdas, como se explica en este artículo sobre escoger abogado para casos laborales.
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