Prestación por desempleo tras despido y baja autónomos

En Enero de 2009 estaba trabajando por cuenta ajena, y paralelamente dado de alta como autónomo. Resido en Cataluña.
En ese mes, sucedió que la empresa para la que trabajaba por cuenta ajena decidió prescindir de mis servicios y procedió a realizar un despido improcedente y a abonarme las cuantías correspondientes.
El caso es que decidí no lamentarme, y apostar por mi línea de trabajo como autónomo. Como consecuencia de la situación económica nacional, las cosas no me han ido demasiado bien (no he logrado cubrir gastos), y me estoy planteando darme de baja de autónomos para acceder al mercado laboral y posteriormente tener opción a cobrar el paro.
Sé que para acceder a la prestación por desempleo, necesito trabajar contratado por cuenta ajena, y que el contrato se acabe de forma natural, o bien que me vuelvan a despedir.
El caso es que no sé cual sería la duración mínima del nuevo contrato de trabajo (tras haber sido despedido improcedentemente en Enero de 2009), para poder acceder con pleno derecho a la prestación por desempleo...
Sería suficiente un contrato de 1 día, ¿o hace falta uno de 3 meses?

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Pues si cumples los requisitos:
Estar de alta en un régimen que contemle la prestación(en este caso el régimen general)
Encontrarte sin empleo como consecuencia de fin de contrato siempre que no sea voluntario o reducción temporal de la jornada de más de 1/3 dela jornada.
Haber trabajado y cotizado al desempleo 360 días dentro de los 6 años anteriores a la solicitud.
No haber cumplido la edad de jubilación
Si cumples todo esto, y solicitas la prestación dentro de los 15 días hábiles a la finalización del contrato no deberías tener problemas para solicitarlo.
Lo único... eso de un trabajo de un día... mejor un contrato por obra o servicio que acabe a los 2-3 meses y ya esta.
Ante todo muchas gracias por la respuesta.
La única duda que me queda es en cuanto a la duración del contrato de trabajo. Entiendo que es mejor un contrato de 2-3 meses que otro de unos pocos días.
En mi caso particular tengo cotizados los últimos 12 años ininterrumpidamente, salvo el periodo desde enero de 2009; y mi último contrato profesional finalizó con un despido improcedente. De forma que...
¿Legalmente podría acceder a la prestación por desempleo con tan solo un contrato de 1 día por obra y servicio?
¿O bien se estipula en algún reglamento/texto legal una duración mínima del contrato que ha de posibilitar el acceso a la prestación?
Gracias y un saludo
Yo entiendo que si el ultimo contrato finalizó de forma improcedente debería de bastar con un contrato de algo más de un mes(no hilemos tan fino con 1 día). Para que no tengas ninguna sorpresa, te recomiendo uno de obra o servicio de 2-3 meses y ya esta.
Habrás cumplido la legalidad, tres meses de sueldo no vienen mal, y quien sabe... igual hasta te quedas trabajando. Je je
Dados los tiempos que corren, donde proliferan los contratos basura, también pienso que aunque sea menos tiempo, un contrato más corto debería valer.
Si quieres probar lo de un día, lo tienes fácil. Ves a una ETT, que te contraten para algo de un día o dos y en cuanto te finiquiten, te vas a preguntarlo al paro. Si te lodan, genial, sino... solo habrás invertido un par de días en averiguarlo.

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