Riesgos laborales autónomo

Soy autónomo y tengo un comercio de venta al por menor. No tengo empleados.
Años atrás tenia una empleada y tenia contratado el servicio de prevención de riesgos laborales con una empresa.
Ahora, como ya no tengo empleados, quiero darme de baja de este servicio y la empresa me dice que sigo estando obligada por ley a tener dicho contrato de prevención. Según ellos debo acogerme al Art. 24 de la ley 31/1995 que habla de Coordinación de actividades empresariales.
Yo les digo que no tengo ninguna coordinación con otra empresa y me alegan que, solo por el hecho de que vengan a verme comerciales de mis proveedores ya es suficiente para tener el contrato de prevención de riesgos laborales.
¿Es esto así o pretenden engañarme?
Gracias de antemano

3 respuestas

Respuesta
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Me parecen que te están intentando enganarte, ya que no se considera, una coordinación empresarial tener visitas de comerciales, esto no se considera una subcontracion de trabajos donde se tenga que realizar las coordinación de empresas.
Respuesta
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Sinceramente... no lo se. Pero tras leer el desarrollo del articulo 24 entiendo que lo tuyo no es una subcontratacion y por tanto no existiría la obligación de coordinación, ya que esto se refiere a cuando por ejemplo se hace una obra, y hay varias empresas o grupos de trabajadores... albañiles, electricistas, fontaneros... todos en un mismo centro.
En tu caso, como mucho te coinciden 2 comerciales en el mismo momento y en ese momento seria en el que ellos interpretan que deberías tener contratado un servicio de prevención.
Si que es cierto, que para empresas de menos de 6 trabajadores podrías asumir tu la prevención... echale un vistazo a este linck, que estoy seguro de que te ayudará mucho.
http://www.prevencion-autonomos.com/consultas/detalle.php?id_elemento=5582
Si tienes más consultas hazlas, sino.
Respuesta
Es así. Tienes que tener contratada una mutua de riesgos laborales.
No me queda claro.
Yo tengo una mutua para acudir por enfermedad o por accidente. Pero la cuestión es sobre la empresa que me da el servicio de prevención de riesgos laborales.
Gracias
Vale, en la mayoría de los casos la mutua de ATyEP da el servicio de prevención de riesgos laborales, por esa razón yo la he llamado mutua. En cualquier caso las dos cosas son obligatorias cuando se ejerce una actividad en un centro de trabajo haya o no trabajadores.

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