Riesgos laborales autónomo
Soy autónomo y tengo un comercio de venta al por menor. No tengo empleados.
Años atrás tenia una empleada y tenia contratado el servicio de prevención de riesgos laborales con una empresa.
Ahora, como ya no tengo empleados, quiero darme de baja de este servicio y la empresa me dice que sigo estando obligada por ley a tener dicho contrato de prevención. Según ellos debo acogerme al Art. 24 de la ley 31/1995 que habla de Coordinación de actividades empresariales.
Yo les digo que no tengo ninguna coordinación con otra empresa y me alegan que, solo por el hecho de que vengan a verme comerciales de mis proveedores ya es suficiente para tener el contrato de prevención de riesgos laborales.
¿Es esto así o pretenden engañarme?
Gracias de antemano
Años atrás tenia una empleada y tenia contratado el servicio de prevención de riesgos laborales con una empresa.
Ahora, como ya no tengo empleados, quiero darme de baja de este servicio y la empresa me dice que sigo estando obligada por ley a tener dicho contrato de prevención. Según ellos debo acogerme al Art. 24 de la ley 31/1995 que habla de Coordinación de actividades empresariales.
Yo les digo que no tengo ninguna coordinación con otra empresa y me alegan que, solo por el hecho de que vengan a verme comerciales de mis proveedores ya es suficiente para tener el contrato de prevención de riesgos laborales.
¿Es esto así o pretenden engañarme?
Gracias de antemano
3 respuestas
Respuesta de jcgh
1
Respuesta de enelborde
1
Respuesta de davidsierra