La empresa me reclama

Os comento mi tema. Ayer recibí una llamada del dep. De personal de mi empresa diciéndome que me van a descontar de la nomina 70euros que en junio de 2007 me ingresaron por error, de lo cual yo no me había dado ni cuenta. ¿Mi pregunta es? Pueden después de 2 años, reclamarme ese dinero, ¿siendo ademas un error suyo? Si es así, ¿Puedo exigir que me descuenten ese dinero en varias veces?

2 respuestas

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Las deudas entre empresa y trabajador o viceversa caducan a los 12 meses. Por tanto puedes demandar a la empresa (reclamación de cantidad) para que te los devuelvan. Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales.
Muchas gracias por tu respuesta, eso es lo que yo creía pero como al comentárselo al chico que me llamo de personal se hizo el loco y me dijo de llegar a un acuerdo en los plazo de devolución, pues me entró la duda. Estuve mirando un poco por internet y te quería preguntar si eso que tu me dices se basa en el real decreto legislativo 1/1995 de 24 de marzo capitulo V, más que nada para presentarle algún documento.
Muchas gracias.
Se basa en el Estatuto de los Trabajadores, sin más. Tú no tienes que llegar a un acuerdo con nadie y si fueras tú quien reclamara una deuda de más de 12 meses ten por seguro que no te la pagarían. Tampoco tienes que darle clases de derecho a nadie y menos aún si ese nadie sabe perfectamente que tienes razón. Si demandas ganarás y será el juez el que les de clases de derecho. Además con eso conseguirás más seguridad en el empleo porque si te despiden o te meten en un ERE después de una demanda tienes muchas posibilidades de conseguir despido nulo.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.
Muchas gracias por tu ayuda, voy a hablar con personal y decirle lo que tu me comentas a ver que pasa. Según lo que me contesten vuelvo a preguntarte.
Muchas gracias de nuevo.
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En este caso concreto, decirte que la empresa tiene derecho a reclamarte el dinero aunque hayan pasado dos años desde que cometieron el error.
Lo que nunca podrán hacer, porque además es ilegal, es descontártelo de golpe si tu solicitas el fraccionamiento de la devolución, porque se debió a un error de la propia empresa, no tuyo.
Personalmente, y debido a que consideramos que la cantidad es relativamente pequeña (aunque hoy en día poco puede ser mucho), te recomendamos actuar prudentemente, puesto que cosas así son las que luego dan lugar a un despido, de carácter improcedente, y años de trámites judiciales que tendrían su origen en una desaveniencia de 70 euros.
Lo que si te recomendamos es que, si llegáis al acuerdo de pago fraccionado, o bien liquides en un solo pago, se justifique por escrito, tanto la forma de realizar el pago como el efectivo desembolso de la cantidad reclamada. Por supuesto, con redacción de dos copias, una de ellas para ti y otra para la empresa, ambas selladas y firmadas.
Espero que nuestra respuesta te haya sido de ayuda. Para cualquier otra consulta o duda, sea del carácter que sea, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de este medio, o bien de forma más privada dirigiéndote al siguiente email: [email protected].

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