Pago retrasado

Hola, trabajo en el sector del metal en la comunidad valenciana y, en la empresa que trabajo se están retrasando en el pago de la nómina. He oído que se puede pedir la restrinción del contrato por no cumplir las fechas de pago, creo que si te dejan de pagar durante tres meses seguidos o que durante un año no te paguen dentro del plazo obligatorio que es del día 1 al 5 de cada mes.
     Mi pregunta es: Si del 1 al 5 de cada mes es desde que la empresa ingresa el dinero o del 1 al 5 de cuando llega a mi banco y yo pueda disponer de él.
     Gracias.

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1) Las reclamaciones de cantidad tienen un plazo máximo de 12 meses, y son obligatorias realizarlas, para poder rescindir un contrato de trabajo.
2) Y da lo mismo lo que ponga de plazo la empresa, del 1 al 5, o del 1 al 20. Tu puedes efectuar la reclamación de cantidad, solo al mes vencido.
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