Excedencia

Hola, pedí una excedencia en junio de 2007 de 18 meses. Se mec concedió y en una carta ponía que era desde 1 de julio de 2007 a 31 de diciembre de 2008. Trabajé en una empresa y al quedar en paro pedí la prestación adjuntando dicha carta. Como en la empresa de la excedencia trabajé más de cinco años tenia 600 días de paro.
Gasté unos 200, encontré trabajo en abril del 2008 hasta enero 2009, allí retomé dicha prestación cuando ya había finalizado la excedencia y no me había reincorporado por estar en otra empresa.
Ahora a fecha 25 de octubre ha finalizado la prestación alegando que era la fecha de fin de excedencia y que tenia que reincorporarme al trabajo, que no es le caso. Dicen que como he tenido periodos intermitentes de paro la excedencia se ha ido prorrogando hasta dicha fecha, cosa que mi antigua empresa niega porque considera que eran 18 meses naturales tal y como dice la carta.
He presentado reclamación previa pidiendo los 170 días aproximados que me falta de prestación. Dicen que si más de 45 días se considera silencio administrativo y es una denegación. Y si se diera este caso solo me queda ir al tribunal de lo social.
La pregunta es, ¿estas condiciones de la excedencia que prolongan el fin de la misma son reales? Yo creo que alguien entró mal algún dato informáticamente de dicho fin. ¿Si hay alguna ley o reglamento al respecto dónde puedo acudir? ¿Qué trámites debería realizar para presentar un recurso ante una denegación si no tengo dinero alguno para un abogado?

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Antes de nada, advertirte que nos faltan algunos datos para darte una respuesta completa, como por ejemplo si la excedencia la solicitaste para incorporarte a otro puesto de trabajo, cuál es tu trabajo y labor desempañadas (para determinar el convenio al que debes acogerte, por si hay alguna especialidad) y alguna cosilla más. Aún así, intentaremos contestarte lo mejor que podamos.
En principio, la SS tiene razón: si cobras el paro se paraliza la situación de excedencia. Ten en cuenta que mientras trabajas cotizas, y mientras estás de excedencia también. Pero mientras cobras el paro es la SS la que tiene que pagarte una prestación. Luego dejas de cotizar en esa situación de excedencia, por lo que se paraliza este periodo.
A pesar de que en la carta concediendo la excedencia, la empresa hable de "días naturales", esto sólo se aplica si el periodo de excedencia es continuado, lo que no es tu caso. Lo que deberías haber hecho para no reincorporarte a tu puesto de trabajo era realizar un escrito a la empresa, comunicando tu intención de terminar con esa situación de excedencia, y también de no reincorporarte a ese trabajo. El empresario lo hubiese llevado a la SS, lo hubiesen computado, y ahora no tendrías este problemilla.
Ahora tienes dos opciones, y ninguna de las dos son del todo buenas: o te reincorporas y luego te vas por "x" motivo, con lo que pierdes el derecho a percibir la prestación por desempleo; o bien que la empresa te haga el "favor" de echarte, que serían gastos para ellos.
Esperamos que te hayamos ayudado en algo. Si tienes dudas, no dudes en volver a consultarnos, bien a través de este medio, bien a través del correo [email protected].
Muchas gracias, no sabía que tenía que hacerlo por escrito ami siempre me dijeron que al no rreincorprarme en la fecha pactada se daba por finalizada la relación laboral, y es o que llamé por teléfono preguntando si tenía que ponerlo por escrito... mañana iré al Inem a hablarlo y supongo que a pedir el PRODE .
Muchas gracias, muy amables.

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