Excedencia
Hola, pedí una excedencia en junio de 2007 de 18 meses. Se mec concedió y en una carta ponía que era desde 1 de julio de 2007 a 31 de diciembre de 2008. Trabajé en una empresa y al quedar en paro pedí la prestación adjuntando dicha carta. Como en la empresa de la excedencia trabajé más de cinco años tenia 600 días de paro.
Gasté unos 200, encontré trabajo en abril del 2008 hasta enero 2009, allí retomé dicha prestación cuando ya había finalizado la excedencia y no me había reincorporado por estar en otra empresa.
Ahora a fecha 25 de octubre ha finalizado la prestación alegando que era la fecha de fin de excedencia y que tenia que reincorporarme al trabajo, que no es le caso. Dicen que como he tenido periodos intermitentes de paro la excedencia se ha ido prorrogando hasta dicha fecha, cosa que mi antigua empresa niega porque considera que eran 18 meses naturales tal y como dice la carta.
He presentado reclamación previa pidiendo los 170 días aproximados que me falta de prestación. Dicen que si más de 45 días se considera silencio administrativo y es una denegación. Y si se diera este caso solo me queda ir al tribunal de lo social.
La pregunta es, ¿estas condiciones de la excedencia que prolongan el fin de la misma son reales? Yo creo que alguien entró mal algún dato informáticamente de dicho fin. ¿Si hay alguna ley o reglamento al respecto dónde puedo acudir? ¿Qué trámites debería realizar para presentar un recurso ante una denegación si no tengo dinero alguno para un abogado?
Gasté unos 200, encontré trabajo en abril del 2008 hasta enero 2009, allí retomé dicha prestación cuando ya había finalizado la excedencia y no me había reincorporado por estar en otra empresa.
Ahora a fecha 25 de octubre ha finalizado la prestación alegando que era la fecha de fin de excedencia y que tenia que reincorporarme al trabajo, que no es le caso. Dicen que como he tenido periodos intermitentes de paro la excedencia se ha ido prorrogando hasta dicha fecha, cosa que mi antigua empresa niega porque considera que eran 18 meses naturales tal y como dice la carta.
He presentado reclamación previa pidiendo los 170 días aproximados que me falta de prestación. Dicen que si más de 45 días se considera silencio administrativo y es una denegación. Y si se diera este caso solo me queda ir al tribunal de lo social.
La pregunta es, ¿estas condiciones de la excedencia que prolongan el fin de la misma son reales? Yo creo que alguien entró mal algún dato informáticamente de dicho fin. ¿Si hay alguna ley o reglamento al respecto dónde puedo acudir? ¿Qué trámites debería realizar para presentar un recurso ante una denegación si no tengo dinero alguno para un abogado?
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Respuesta de iures3000
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