Tiempo trabajado Convenio Agencias Viajes

Buenas tardes:
Mi consulta es sobre una trabajadora de una agencia de viajes. El convenio establece para el año 2009 un total de horas efectivas de 1752. Pues bien, si la trabajadora tiene una jornada intensiva, incorporándose a su puesto de trabajo 12.00 hasta las 21:00 horas o más, como he de contabilizar esos tiempos. ¿Cuánto tiempo le corresponde de descanso para comer?
En el cálculo de las horas trabajadas, he de descontar el descanso para comer, los descansos para fumar, los días que ha hecho vacaciones, ¿o no ha venido?
¿Cómo se procede al cálculo de horas en caso de jornada parcial, o jornada partida?
Gracias

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Calculo del computo de horas.
El calculo se hace en días y el resulltado se multiplica por horas/dia
Este ejemplo es con datos inventados. Es para que lo entiendas.
365 días - vacaciones - fiestas locales, autonómicas y nacionales, sábados y/o domingos (siempre y cuando no los trabajes, si los trabajas no se restan) = 200 (por ejemplo)
Supongamos que tienes 1 hora y 15m para el cigarrito.
Como tu jornada es de 12:00 a 21:00, o sea, 9 horas - 1.15 horas = 7.45 horas/dia
200 x 7.45 = 1490 horas efectivas al año, esta es la jornada anual efectiva que haces y la tienes que comparar con la jornada teórica del convenio.
Que haces menos... pues o reduces los descansitos o tu jefe si lleva un control te las reclamara.
Que haces más... pues comunícaselo a tu jefe para que te reestructure el horario para que al final de año hayas hecho las 1752 exactas.
Muchas gracias, pero aún tengo una duda, ¿le corresponde tiempo de descanso para comer si su jornada es intensiva?, en el convenio, no hace mención, solo menciona en su art. 15 que para los trabajadores con reducción de jornada al amparo del art. 37 ET, si la jornada supera las 6 horas, su descanso que no será superior a 15 minutos, se considerará tiempo efectivo de trabajo.
Si esto es así, para una jornada de 6 horas, ¿qué he de entender para una jornada intensiva?
Gracias anticipadas
No un trabajador de jornada intensiva no tiene derecho a comida solo tendrás un descanso de 15 minutos. Pero ojo esos 15 minutos no computan para el calculo de las horas. Lo mismo pasa con la comida si la tuvieras tampoco computaría para las cuentas anuales.

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