Despido objetivo improcedente

Buenas tardes
Ante todo gracias, mi duda es la siguiente:
Trabajo en una empresa que esta despidiendo a mucha gente (no por que les vaya mal, si no porque han decidido que los que hay no les valen, por lo cual estamos hablanos de despidos improcedentes), casi todos tenemos contratos bonificados, pero en mi opinión en fraude de ley: te cuento, nos han hecho primero un contrato obra de 6 meses (por una empresa) un día en el paro y al día siguiente contrato indefinido bonificado por la otra empresa (es del mismo dueño y tiene la misma razón social y dirección en las dos empresas), el caso que me gustaría saber si estoy en lo cierto, en caso de despido puedo reclamar 45 días por año trabajado:
Yo llevo tres años indefinida, (más 9 meses con el contrato obra anterior):
1) ¿Me tienen que dar 45 o 33/dias por año trabajado?
2) ¿Me tienen que dar la indemnización desde mi fecha de inicio? ¿O solo puedo reclamar desde el día que me hicieron el indefinido bonificado? (Hay 9 meses de diferencia).
3) En el caso de compañeros que solo tienen el contrato indefinido bonificado de inicio (sin el obra previo) y les despiden, les dan un despido objetivo improcedente (es decir 33 días por año), ¿Les tiene que preavisar? ¿Si es así con cuantos días?, en mi empresa te llaman a las 18:00, cuando terminamos y les da igual, que tengas familia o te dejen el la calle, no tienen ningún miramiento, ¿pueden reclamar el preaviso en ese caso?
Muchas gracias por tu ayuda.

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Cuando se está en una empresa y te quieren echar así sin más, el despido es improcedente, te tienen que avisar con 30 días de antelación, en caso de no avisar, tienen que pagarlos, de las vacaciones no disfrutadas, los días que te pertenecen de indemnización son 45 días mínimos de ahí hasta donde puedas negociar, en un máximo de 10 años, después tienes paro de 2 años según situación familiar.
La indemnización es, desde el primer día que entraste a trabajar.
Siempre que haya cualquier tipo de despido, te tienen que avisar con 30 días de antelación.
En caso de que no esté claro la notificación de despido, con la indemnización, se firma, no hay problema, pero siempre con la coletilla de "enterado pero no conforme".
Muchas gracias
Entiendo entonces que lo de los 33 días, lo podemos pelear, ¿es decir que nos tienen que dar 45? ¿Aunque el contrato se indefinido bonificado?
Es que no entiendo muy bien lo de despido objetivo improcedente que es así como lo denominan, ¿cómo puede ser objetivo si es improcedente?
Lo del preaviso, de 30 días, muchas gracias, lo pienso reclamar, y se que a nadie se lo dan ni se lo pagan, pero eso si cuando alguien se va y no llega a dar los 15 días siempre se lo descuentan los muy... en fin.
Gracias otra vez
Lo de objetivo improcedente, es un camelo o a caso a la empresa le han hecho auditoría para justificar que tienen menos trabajos, es un despido improcedente en toda regla, tendréis que pedir desde 45 días por año trabajado, hasta donde consideres que te han engañado durante estos años, en caso de cualquier duda, aunque hayas firmado cualquier documentación, puedes recurrir todo lo firmado en el IMAC de tu ciudad, tienes 20 días para recurrir, pero mejor preguntarlo.
Muchas gracias por tu ayuda, es que no sabes el morro que tienen, hoy mismo han despedido a una compañera mía (a 31 de diciembre en plenas fechas navideñas), y la han dejado en la puñetera calle, porque han decidido que después de dos años no trabaja bien (todo mentira). Simplemente que no es una pelota ni cuenta nada al jefe, va a trabajar y ya está que es lo que deberíamos hacer todos.
Gracias otra vez
Respuesta
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Vamos a empezar por el tercer punto. En todos los casos el empresario debe preavisar con una antelación mínima de 15 días, excepto que el convenio de aplicación establezca un plazo superior, pero al menos siempre 15 días. En caso de que no de este preaviso siempre se pueden exigir en el finiquito que te abonen esta cantidad.
En tu caso, que tienes un contrato de 9 meses, 1 día en el paro y otro contrato bonificado, para poder acogerte al fraude de contratación y exigir la antigüedad desde el primer día y por tanto 45 días por año, seria necesario presentar una demanda y demostrar la concatenación de contratos (tendrías que demostrar con la vida laboral que en realidad siempre has trabajado para la misma empresa, haciendo las mismas funciones y en el mismo puesto de trabajo) lo cual no siempre es fácil, y depender de la sentencia favorable de un juez. No siempre es fácil, pero yo lo intentaría. La diferencia entre 33 y 45 días por año depende de ganar o no esta demanda
Muchas gracias por la respuesta me sirve de mucha ayuda
Finalmente me van a despedir estando de baja it (también estoy embarazada), se que es nulo, pero quiero llegar a un acuerdo. ¿Sabes si estanado de baja it y me despiden mañana por ejemplo, a partir de estar de baja en la empresa empiezo a cobrar el desempleo o al estar de baja medica te lo paga la seguridad social? (Se que con la baja por embarazo no gastas paro pero con la médica ni idea, y a mi al menos me quedan un par de meses para dar a luz...
Si es una baja por enfermedad común, te lo pagará la seguridad social, y te descontará días de paro. Una vez te den el alta entonces pasarás a cobrar del INEM
Gracias Casandra
Me surge otra duda, finalmente me han despedido (bueno hemos llegado a un acuerdo), hoy he firmado todo, tengo otra pregunta.
Me quedan no llega a tres meses para dar a luz, supongo que la baja maternal que no corre paro me la paga la seguridad social, no el inem ¿Es cierto?.
Puedo decidir no cobrar el paro ahora, dar a luz, que me pague la SS la baja maternal, ¿y después de que haya terminado mi baja empezar a cobrar el paro?
¿O estoy obligada a cobrarlo ahora porque si no no voy a poder cobrarlo después?, es que preferiría dejarlo para después de la baja mataernal para consumir lo menos posible, ahora puedo ir tirando con lo que me han dado de indeminzación.
Gracias
La documentación se la tienes que llevar al INEM antes de 15 días hábiles para tramitarlo todo. Creo que no se puede aplazar el cobro de la prestación, pero ellos sabrán confírmartelo mejor que yo. Lo que si que es seguro es que la documentación tiene que estar en su poder en 15 días
Gracias
El medico no me quiere dar el alta medica, sice que no me encuentro bien, así que de momento me paga la mutua y una vez este de alta tendré que ir al INEM (es lo que me han dicho allí).
Un saludo

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