Duda laboral.

Resulta que trabajo en una empresa de desarrollo de software y estoy viviendo con mi novia, que no es ni mi mujer, ni mi pareja de hecho, ambos estamos trabajando fuera de nuestra comunidad autónoma dado que somos de Galicia y vivimos en Madrid, a ella la tienen que operar, y aunque no es una operación complicada la ingresarán entre uno y dos días... He escuchado muchas cosas, como por ejemplo que si puedes demostrar que llevas POR tiempo viviendo juntos tienes algunos privilegios en este sentido, yo podría demostrar que llevo más de 1 año viviendo con ella. Mi duda es si yo podría solicitarle a mi empresa esos días como permiso retribuido dado que existe un ingreso.
He estado leyendo en el convenio, lo siguiente:
"b) Conforme al tenor literal del vigente artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, «Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días». En el caso de fallecimiento del cónyuge, padres o hijos el permiso será el establecido en el siguiente inciso c). Cuando por tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto de más de 200 kilómetros por cada uno de los viajes de ida y vuelta, el plazo será de cuatro días."
No tengo claro hasta donde llega el grado de afinidad... ¿y por ahí a lo mejor puedo conseguirlos no?

2 respuestas

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De momento y con la redacción del art. 37 del E.T. no tendrías derecho, afinidad se refiere a parientes "políticos", es decir, deberías estar casado, ni siquiera es suficiente con ser pareja de hecho, aunque debes consultar tu convenio colectivo, ya que algunos amplían los permisos y recogen que también serán de aplicación a las parejas de hecho, si tienes suerte quizás tu convenio indique alguna mejora.
Supongo que en el futuro este permiso se ampliará a situaciones como la tuya, ya que es lo más lógico y coherente, pero legalmente no puedes exigir de momento este permiso.
Intenta planteárselo a la empresa para que te permitan acudir, ya que está suficientemente justificado, al menos moralmente.
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Cuando la Ley habla de "grados de afinidad" se refiere a grados legales de afinidad. Y ciertamente, a pesar de ser pareja, legalmente no estáis reconocidos como tal.
Para poder ser considerados como pareja de hecho, a pesar de no estar registrado como tales ni nada, deberías poder probar la relación y convivencia durante dos años o más.
De todas formas, puedes intentarlo. Preséntales a tus jefes copia del contrato de alquiler, censos, padrones, recibos y domiciliaciones bancarias, testigos... Todo los documentos en los que aparezcáis ambos.
Nosotros lo intentaríamos. Desconocemos cuán de grande es la empresa para la que trabajas, y desconocemos también tu relación con los superiores, pero deberías intentarlo, incluso aunque no cumplas los requisitos legales para ello (hazte un poco el loco, y sobre todo el afectado. En estas situaciones, lo conveniente es parecer nervioso, preocupado, incluso angustiado... Que seguramente ya lo estarás, pero deja que se te note. No deberían decirte que no, aunque se lo tomen como un favor personal. Es cierto que depende de la persona, pero como el "no legal" ya lo tienes, por probar no pierdes nada.
Esperamos haberte orientado.
Muchas gracias, fui por la vía de la caridad y me salió bien, les expliqué la situación en la que me encontraba y finalmente mis jefes la entendieron y accedieron a darme 2 días libres. Cuanta razón tiene la frase "hablando se entiende la gente".
Muchas gracias por vuestra contestación.

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