¿Días permiso hospitalización familiar?

Expert@s!
Espero me podáis ayudar..
Estoy trabajando en una empresa como teleoperadora en barcelona con contrato por obra y servicio desde hace mes y medio y ya he pasado el periodo de prueba.
Resulta que mi abuela, que vive sola en galicia, ha sufrido varias anginas de pecho y un infarto por lo que el pasado domingo día 4 de abril la tuvieron que ingresar por la tarde - noche en la UVI en el hospital.
Mis padres han ido a estar con ella pero tienen que hacer ciertos tramites por lo que tienen que volver el domingo a barcelona y hoy hablando con el médico nos ha comentado que ella tiene que seguir hospitalizada hasta el martes o miércoles de la semana que viene, es decir el día 13 o 14.
Hablé con mi jefa hace unos días y me comentó que tenía 4 días retribuidos de permiso por desplazamiento dentro de los 10 primeros días de hospitalización.. Pero cuando hoy le he pedido los días 12,13 y 14 me ha dicho que como fue hospitalizada el pasado domingo que el día 14 no entraría como permiso por lo que tendría que cogerme ese día como vacaciones.
Me gustaría saber si eso es cierto.. ¿me podríais asesorar?

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No es cierto. El ET de los trabajadores da 4 días de permiso por hospitalización si es necesario desplazamiento, y en nada menciona esos supuestos 10 días. Aunque esa regla de los 10 días estuviera en el convenio no sería válida porque sería una reducción del derecho que da el ET, que está por encima de cualquier convenio o contrato. Pero es que además en vuestro convenio tampoco dice nada de los 10 días:
Artículo 29.- Permisos retribuidos.
1.- Los trabajadores, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a retribución, y desde que ocurra el hecho causante, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientes:
a).- Quince días naturales en caso de matrimonio.
b).- Tres días en caso de nacimiento de un hijo.
c).- Tres días en caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización, y dos en caso de fallecimiento, de pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y hermanos políticos.
d).- Cuatro días en caso de fallecimiento de cónyuge, padres, padres políticos, hijos y hermanos.
e).- En los supuestos contemplados en los anteriores apartados c) y d), cuando se necesite hacer un desplazamiento de 200 kilómetros, o superior, los permisos aumentarán un día más de lo señalado en cada caso.

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disculpa.. ¿dónde podría corroborar esa información? Es que hoy hablé con uno del sindicato y me dijo que sí que existía lo de los 10 días y que era correcto.. y claro.. he tenido que pedir días de mis vacaciones.. entonces no sé como hacerle ver ala empresa que eso es erróneo en caso de que lo sea..
Te acabo de decir que en el artículo 29 del convenio de telemarketing. De todas formas sería la empresa la que tuviera que demostrarte donde pone lo de los 10 días, no tú quien tenga que demostrar que no lo pone en ningún sitio, porque eso es imposible.
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