Competencia desleal

Hola.
Me gustaría por favor que me aclararas la siguiente situación.
Jubilado que hace trabajos con maquinaria para cuenta ajena, me imagino que sin factura ni nada.
¿Es posible, o hay alguna normativa que lo permita?
Gracias.

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Un jubilado tiene derecho a trabajar por cuenta ajena, pero le pensión de jubilación no es compatible con el trabajo, por lo tanto si informa y suspende la pensión de jubilación podría trabajar por cuenta ajena, una vez finalice el trabajo tiene derecho a reanudar la pensión de jubilación.
De acuerdo pero bien deberá declarar a hacienda por ello y llevar la contabilidad trimestral y todo eso.
¿Tiene qué seguir cotizando a la ss por esa actividad?
Gracias.
Trabajar por cuenta ajena quiere decir que está contratado por una empresa, en este caso la responsabilidad de la cotización recaería sobre la empresa contratante.
Si trabaja por cuenta propia, como autónomo, la responsabilidad de la cotización así como las obligaciones tributarias (IVA,...) recaerían sobre el propio trabajador.
Evidentemente en un caso u otro alguien tendrá que asumir la responsabilidad de declarar y cotizar si procede lo que corresponda.

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