Llevo trabajando en los dos últimos años en una empresa distribuidora de helados los meses que corresponden a la campaña de verano, es decir, unos 5 meses en el año, con contrato de obra y servicios. Tengo entendido, que una vez que lleve ya tres campañas de este modo paso a ser fija discontinua automáticamente. ¿Es eso verdad? ¿Qué ventajas y desventajas tiene para mi este tipo de contrato? ¿Podría pedir que me lo hicieran ya cuando vaya a entrar a trabajar este año?
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Respuesta de manu2403
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manu2403, abogado ejerciente y técnico de prevención de riesgos laborales...
Sólo hay tres formas de que los distintos contratos de obra se conviertan en fijos discontinuos, primero que alguno de los contratos de obra o todos ellos se considere que son contratos en fraude de ley, falta de alta en la Seguridad Social, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos, y tal como establece el art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores: 5. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos. Dicho lo anterior los requisitos que ha de tener necesariamente el contrato de obra y servicio determinado como son: La obra o servicio contratada ha de tener autonomía o sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y que se distinga de las habituales o normales que integran el ciclo productivo ordinario de la empresa. Que se trate de obras o servicios cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta. Que se especifique e identifique en el contrato, con precisión y claridad, la obra o el servicio que constituye su objeto. Que el trabajador sea normalmente ocupado en la ejecución de la obra o servicio que constituye su objeto y no en tareas distintas. En tu caso y con los datos que aportas parece que podrían faltar como mínimo: los requisitos de autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y la duración incierta de la obra y servicio. Todo ello hace posible que el contrato sea en fraude de ley y realmente se trate de un contrato fijo discontinuo, con lo que podrías reclamar la fijeza de la relación laboral en cualquier momento. Las ventajas de este tipo de contrato es que la empresa estaría obligada a llamarte al inicio de la campaña de verano y que si no lo hiciera se podría considerar despido improcedente y tendrían que pagar las correspondientes indemnizaciones.
Perdona manu, pero no me ha quedado muy claro. A mi me llaman para la oficina en los meses de verano, que por la naturaleza de la empresa es cuando más plantilla necesitan. Este sería el tercer año que me llamen, calculo que para unos 6 meses. No reuniría como ves los 24 meses en 30. El caso es que me dijeron que ya para el año que viene tenfría derecho a ser fija discontinua y quiero saber si eso es así, y lo de la autonomía y sustantividad no se que quiere decir. Gracias de nuevo. Espero tus respuestas.
Lo que quiere decir todo el rollo que te he largado más arriba es que además del cumplimiento de los 24 meses en 30, que evidentemente harían tu contrato fijo, existen otras posibilidades de que tu contrato sea fijo discontinuo y esta posibilidad es que tus contratos de obra y servicio sean contratos en fraude de ley, como parecen serlo. En tal caso podrías reclamar la fijeza de tu contrato desde el momento en que te vuelvan a llamar. Así pues en el momento en que te llamen deberías consultar con un abogado laboralista que con toda la documentación en su mano te podrá decir si realmente existe dicho fraude de ley y por tanto puedes reclamar la fijeza de tu contrato.