¿Tengo indemnización al ser fijo discontinuo?

Trabajo en una empresa pública dedicada al medio ambiente, en la oficina. He estado con contratos por obra o servicio desde el verano de 2007 hasta que a principios de 2010 me hicieron fija discontinua (modelo 309), aunque he trabajado los 12 meses del año. Me surge la duda de si en el caso de que ahora en diciembre (que es cuando acaba mi contrato) no quisieran mis servicios, es decir, no me volvieran a contratar para el siguiente año, ¿me correspondería una indemnización?
Según el contrato de fijo discontinuo que firme en la NOVENA CLAUSULA se especifica que no me acojo a la Disposición Adicional Primera del R.D: Ley 12/2001 de 9 julio. En la letra pequeña dice que el contrato que se transforma tiene que haberse celebrado con anterioridad al 31 de diciembre de 2007, el primer contrato de obra que firme fue el verano de 2007, por lo tanto si que se correspondería con esa letra, pero no el último de obra que ya fue en enero de 2009.
Luego en la DÉCIMA CLAUSULA dice que si se ha respondido afirmativamente a la anterior clausula (en mi caso no es así porque la cruz esta en la casilla NO) correspondieria una indemnización de 33 días de salario por año de servicio. Por eso tengo la duda de si me correspondería.
Si necesitáis alguna dato más para poder contestarme, os ayudare en todo lo que este en mi mano.

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Según lo que cuentas, tu actividad no es cíclica en fechas inciertas cada año, porque ni siquiera es cíclica y de hecho has trabajado el año entero. Esta es la única actividad que admite contrato fijo discontinuo, como los trabajadores del campo. Por tanto se trata de un contrato en fraude y por serlo da lo mismo lo que digan las cláusulas del mismo y su finalización es un despido improcedente, e incluso podrías conseguir ser indefinida no fija por ser empresa pública. Es decir que cuando te finalicen el contrato tienes que demandar como si fuera un despido, porque lo es. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
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Gracias por la respuesta. De momento no ha llegado ese momento, pero gracias por la información. Esta semana ya me han informado que a partir de enero me harán un contrato de 6 meses hasta junio, no nos han confirmado si luego nos los prorrogarán más, depende todo de los presupuestos. Si en julio no me prorrogasen y me fuera al paro ¿podría cobrar el desempleo?
Un saludo
Sí, pero si demandas por despido también cobras paro inmediatamente.

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