Subsidio mayores de 52 años
Hola jcabellobu:
Mi suegra tiene 54 años, ha cotizado 15 años durante su vida laboral. Hace aproximadamente 17 años le dieron la baja por incapacidad (por un problema en el riñón) y estuvo cobrándola hasta que se la retiraron por mejoría hace 12 años. Desde entonces no ha trabajado ni ha cotizado de ninguna forma.
Hemos solicitado la prestación del subsdidio por desempleo y nos ha sido denegada por el artículo 215 ya que dice que no se encuentra en ninguno de estos supuestos. En casa tiene 2 hijos a su cargo y mi suegro cobra 900 euros en el paro, este mes se le acaba la prestación y a él sí que le darán el subsidio de 420 euros.
¿Crees qué debemos reclamar? ¿De qué forma se reclama? Hay uno de los supuestos que dice "e) Haber sido declarado plenamente capaz de inválido en el grado de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de invalidez en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez." Creo que esto se ajusta a la situación de mi suegra ¿no crees?.
Gracias anticipadas por tu respuesta.
Mi suegra tiene 54 años, ha cotizado 15 años durante su vida laboral. Hace aproximadamente 17 años le dieron la baja por incapacidad (por un problema en el riñón) y estuvo cobrándola hasta que se la retiraron por mejoría hace 12 años. Desde entonces no ha trabajado ni ha cotizado de ninguna forma.
Hemos solicitado la prestación del subsdidio por desempleo y nos ha sido denegada por el artículo 215 ya que dice que no se encuentra en ninguno de estos supuestos. En casa tiene 2 hijos a su cargo y mi suegro cobra 900 euros en el paro, este mes se le acaba la prestación y a él sí que le darán el subsidio de 420 euros.
¿Crees qué debemos reclamar? ¿De qué forma se reclama? Hay uno de los supuestos que dice "e) Haber sido declarado plenamente capaz de inválido en el grado de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de invalidez en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez." Creo que esto se ajusta a la situación de mi suegra ¿no crees?.
Gracias anticipadas por tu respuesta.
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Respuesta de Jose Javier Cabello Burgos
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