PARO por poco

Buenas tardes, me gustaría salir de dudas sobre algo que le esta ocurriendo ami marido. Lleva trabajando desde el 11 de mayo del 2009 y la empresa esta apunto de cerrar y no sabemos si llegara a completar el año para poder disfrutar del paro en caso de no conseguir nada antes... El problema es que es extranjero y es su primer empleo en españa, me gustaría saber...
- ¿Para tener derecho a paro es necesario cotizar 365 días o son 360?
- Si por ejemplo el termina y le quedaran 15 días para tener el año cotizado y consigue un contyrato deun mes, ¿luego podría pedir el paro?
- Mi cuñado tiene una empresa y podría hacerle un contrato pero no se si sirve de 15 días por ejemplo...
Muchas gracias

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Respuesta
Tu marido al menos debe haber trabajado 360 días para tener derecho a prestación por desempleo.
Si le quedan 15 días para completar el periodo mínimo trabajando en otra empresa cumpliría con el requisito de periodo mínimo cotizado.
Si tu cuñado le contrata serviría para cobrar la prestación, pero debes tener en cuenta que si el contrato es inexistente y se entera la inspección de trabajo ambas partes serían sancionadas.
Perdona pero no acabo de entenderte del todo...
Entonces es verdad que con 360 días cotizados, ¿ya podría pedir la prestación?
NO entiendo la frase "Si le quedan 15 días para completar el periodo mínimo trabajando en otra empresa cumpliría con el requisito de periodo mínimo cotizado", ¿significa qué si podría pedir o no?
Lo de mi cuñado es real, quiere hacer reformas en la tienda y podría contratarlo un mes o menos para que le ayude pero no se si eso serviría para acabar de cumplir su año, me dijeron que debe ser el ultimo contrato de 3 meses o no puede acceder al paro.
Si, con 360 días.
Planteas en el segundo punto de tu pregunta la posibilidad de que a tu marido le queden 15 días para cobrar la prestación, pues si trabaja en otra empresa 15 días y en total de las empresas llega a un periodo de 360 días tendría derecho a la prestación.
Lo de esperar al menos 3 meses solo es necesario si el trabajador da baja voluntaria en la empresa, ya que si la relación laboral se extingue por causas ajenas al trabajador no es necesario esperar 3 meses.

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