Salarios de tramitación

Hola, estoy a la espera de un recurso en el TSJ y se me termina en paro en junio y no se si ponerme a buscar trabajo.
Mi pregunta es: si gano el juicio, supongamos que en septiembre de 2010 y yo he trabajado por ejemplo julio y agosto de 2010, luego si me tienen que pagar los salarios de tramitación desde que me despidieron en septiembre de 2009 hasta septiembre de 2010, que pasa con esos dos meses que he trabajado, ¿me los descontarían de los salarios de tramitación?
¿Y los meses que he cobrado el paro?

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Tendrán que pagarte y cotizar todos las mensualidades desde el despido hasta el día de la sentencia. Podrán descontarte el salario de otros trabajos, pero son ellos los que tendrán que demostrar que has trabajado y lo que has cobrado. Probar que has trabajado es fácil, pero probar lo que has cobrado es imposible, por lo que si prueban que has trabajado pero no lo que has cobrado sólo podrán descontarte el salario mínimo.
El paro no te lo pueden descontar. Será el INEM el que luego te haga la cuenta si sigues cobrando el paro o la siguiente vez que lo pidas.
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