Urgente! Despido

Me dirijo a usted para solicitar aclaraciones urgentes en la situación laboral que estoy y mañana me presentaran el despido o otra situación. Por favor me ayude.
Trabajo para una empresa de construcción soy encargado de obra con Contrato duración determinada (401).
El Contrato empezó el día 01/02/2007 y al día de hoy continúo trabajando, pero en miércoles me comentaron que iba a trabajar en otra provincia y presentaron una baja voluntaria y no la firme.
Revisando las condiciones comprobé que la indemnización son sólo 8 días por año trabajado.
Clausulas adicionales:
Primera- El trabajador podrá ser trasladado a otra obra en función de las necesidades de la empresa.
Segunda - El presente contrato se celebra en base al contrato fijo de obra del artº 18 del convenio general del sector de la construcción.
Tercera - La empresa podrá establecer mejoras voluntarias sin exigir por ello contraprestación alguna.
Las dudas son:
¿Hace 3 años y 4 meses de trabajo tenía derecho a alguna indemnización?
La empresa informo que por no firmar la baja voluntaria me echaría.
¿El contrato después de 3 años se mantiene determinado o pasaría para indefinido?
¿Cuántos días son en la realidad, 8 o 45 días?
¿Se la obra ya está realizada y continuo desempeñando funciones en otra?
Se no lo firmo la baja voluntaria no puedo trasladar a otra obra.
¿Qué debo hacer?

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El contrato por obra y servicios puede durar cualquier tiempo, no una duración máxima de 3 años. Eso sería el contrato de personal fijo de obra, en el que estaría en varias obras y, si hubiera prolongado la última más allá de los 3 años se puede considerar. Además deben ser en la misma provincia.
Te corresponderían 8 días por año de contrato, ya que en el convenio colectivo no encuentro nada que lo contradiga.
De todas formas, si puedes probar que has estado contratado en obras y servicios diferentes a los reflejados en el contrato o que estás realizando actividad normal de la empresa (que en la construcción la realización de una obra no cuenta) podrías reclamar el contrato indefinido.
Por otro lado el hecho de que te chantajeen para que firmes la baja voluntaria para darte de alta en otra obra es ilegal. Deberían finiquitarte el contrato actual y darte de nuevo de alta en la siguiente obra.
Me dirijo a usted para solicitar aclaraciones urgentes en la situación laboral que estoy y mañana me presentaran el despido o otra situación. Por favor me ayude.
Trabajo para una empresa de construcción soy encargado de obra con Contrato duración determinada (401).
El Contrato empezó el día 01/02/2007 y al día de hoy continúo trabajando, pero en miércoles me comentaron que iba a trabajar en otra provincia y presentaron una baja voluntaria y no la firme.
Revisando las condiciones comprobé que la indemnización son sólo 8 días por año trabajado.
Clausulas adicionales:
Primera- El trabajador podrá ser trasladado a otra obra en función de las necesidades de la empresa.
Segunda - El presente contrato se celebra en base al contrato fijo de obra del artº 18 del convenio general del sector de la construcción.
Tercera - La empresa podrá establecer mejoras voluntarias sin exigir por ello contraprestación alguna.
Las dudas son:
¿Hace 3 años y 4 meses de trabajo tenía derecho a alguna indemnización?
La empresa informo que por no firmar la baja voluntaria me echaría.
¿El contrato después de 3 años se mantiene determinado o pasaría para indefinido?
¿Cuántos días son en la realidad, 8 o 45 días?
¿Se la obra ya está realizada y continuo desempeñando funciones en otra?
Se no lo firmo la baja voluntaria no puedo trasladar a otra obra.
¿Qué debo hacer?
Hola,
Muchas gracias por contestar, pero pido tu auxilio en esta situación:
¿Se firma la baja voluntaria para trasladar a otra obra tenia el derecho al subsideo desempleo? La información que dispone por parte de la empresa no está de acuerdo con las informaciones que están en el blog. La empresa informa que no perderá el derecho a subsidio por desempleo caso se va de la nueva obra en 1 o 2 meses pues es una continuación de cotización. Solo no recibirá la indemnización.
¿Esto es cierto?
Muchas gracias
Puede alegar resolución voluntaria por traslado o modificación sustancial de las condiciones de trabajo en la baja voluntaria y entonces sí tendría derecho a paro, lo que pasa es que entonces también le correspondería indemnización.

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