Seguridad social

Hola tu be un accidente laboral y me amputaron la pierna la mutua laboral me puso la prótesis mis preguntas son estas, me tiene que renovar la prótesis para el resto de mi vida, me lo tiene que hacer por escrito, me deben poner prótesis de ultima generación, y si no lo hace se les puede obligar muchas gracias.

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No es necesario que te lo pongan por escrito puesto que la renovación de las prótesis es una de prestaciones que recoge el alcance de la acción protectora de la Seguridad Social en el caso de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, puesto que el artículo 11 del Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el Régimen General de la Seguridad Social establece:
1. La asistencia sanitaria por accidente de trabajo o enfermedad profesional se prestará al trabajador de la manera más completa, y comprenderá:
a) El tratamiento médico y quirúrgico de las lesiones o dolencias sufridas, las prescripciones farmacéuticas y, en general, todas las técnicas diagnósticas y terapéuticas que se consideren precisas por los facultativos asistentes.
b) El suministro y renovación normal de los aparatos de prótesis y ortopedia que se consideren necesarios y los vehículos para inválidos.
c) La cirugía plástica y reparadora adecuada, cuando una vez curadas las lesiones por accidentes de trabajo hubieran quedado deformidades o mutilaciones que produzcan alteración importante en el aspecto físico del accidentado o dificulten su recuperación funcional para el empleo posterior.
2. Durante el período de asistencia sanitaria deberá realizarse, como parte de la misma, el tratamiento de rehabilitación necesario para lograr una curación más completa y en plazo más corto u obtener una mayor aptitud para el trabajo. Este tratamiento podrá efectuarse también después del alta con secuelas o sin ellas, y siempre que permita la recuperación más completa de la capacidad para el trabajo, en relación con los Servicios sociales correspondientes.

Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales, además de un e-mail de contacto con mi despacho profesional:
Gracias por tu amabilidad pero la pregunta que me interesa más es lo de si puedo reclamar que me ponga prótesis de ultima generación como hidráulicas y electrónicas, la doctora de la mutua no se niega en ponerme la prótesis pero estas clases de prótesis me dice que no por eso mi pregunta es si se les puede obligar a poner el tipo de prótesis para tener mejor calidad de vida, por si sirve de algo yo soy pensionista y tengo la invalidez absoluta y el accidente lo tuve hace tres años un saludo.
La jurisprudencia más reciente al respecto es la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de Abril de 2010 en la que en el caso de un trabajador al que varios médicos le prescribieron un tipo de prótesis superior al que le había prescrito la Mutua. En dicha sentencia se dice que al tratarse de un accidente de trabajo la asistencia sanitaria hay que prestarla de la manera más completa y que en el caso en cuestión la prótesis necesaria era la que le prescribían al trabajador los facultativos antes citados. En base a esta jurisprudencia y con los informes médicos que te prescriban dicha prótesis entiendo que sería posible reclamar la misma.
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Muchas gracias por todo intentare coger informes médicos para poder reclama, lo que no se porque no hay nadie que controle a las mutuas para no tener que ponerte de malas bueno lo dicho gracias por todo.

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