Contrato mercantil y autónomo

Buenas tardes,
Quisiera hacerle una consulta, en septiembre comienzo a trabajar en una escuela taller, mi sueldo sería de 300 euros más o menos y el tipo de contrato que me hacen no me cuadra mucho, ya que es un contrato mercantil, tengo entendido que te tienes que dar de alta como autónomo y no tendría mucho beneficio.. Nuestros jefes nos insisten en que aceptemos el contrato mercantil que si no superamos un mínimo anual no hace falta darse de alta... Por otra parte me han dicho que es obligatorio, porque te pueden pillar, y si te pillan te hacen pagar una sanción.. ¿me podría aclarar esto? Gracias
En espera de su respuesta lo antes posible, ya que esta tarde tengo dar contestación y tomaré mi decisión de trabajar en ese taller o no. Gracias

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No existe una norma clara en ese tema, desde hacienda se contesta que hay jurisprudencia que indica que quien no obtuviese unos ingresos suficientes, se consideraría actividad residual y no sería necesario su alta en hacienda ni en la seguridad social como autónomo.
Pero solo es una de las jurisprudencias, otras... vienen a no considerar el trabajo residual.
En conclusión, si usted tiene que hacer un trabajo en el que le pidan una factura, deberá darse de alta en hacienda ... si esas facturas son continuadas, saltará usted en la seguridad social y le dirán que debería haberse dado de alta, cobrándole hasta la fecha lo que no pagó y el recargo.
¿Si se pone usted enfermo? ¿Quién se hará cargo? ¿Y si tiene usted un accidente?... no me queda muy claro como es que para trabajar en un taller, se le hacen a los trabajadores, contratos mercantiles.
Ha hecho esta pregunta a diferentes expertos y en diferentes fechas, y todos coinciden en lo mismo, no entiendo la razón de este comportamiento.

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