Incapaces absolutos

Que debe hacer un demente para laborar bajo un contrato de trabajo.
Que requisitos o permisos necesita, o si no puede hacerlo.

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Cuando usted dice demente, entiendo que se refiere a una persona a la que le han retirado la capacidad jurídica de realizar actos en su nombre por cuenta propia, en ese caso sera su tutor quien deba firmar el contrato de trabajo, que sera del tipo de trabajador minusválido.
Tengo entendido que las personas que representan a los incapaces se llaman guardadores.
Y este es tutor, cuando representa a un menor; Y es curador cuando representa a un demente o a un dilapidador.
¿A este curador es al que usted se refiere cuando lo llama tutor?
Cuando un individuo se le encuentra en una situación de "capacidad limitada" la autoridad que determina dicha situación le nombra un representate/s legal, y son estos los que representan en los supuestos y condiciones determinados por la ley, el código civil y la sentencia de "capacidad limitada", esas personas son las que deberán firmar el contrato en su nombre, según establece el articulo 7 del Estatuto de los trabajadores.

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