Consulta sobre prodigalidad
Un familiar ha sido declarado pródigo hace unos meses siendo yo su curadora. Entre los actos en los que es necesaria mi firma complementaria están la celebración de contratos bancarios y de préstamo. El familiar en cuestión, dado que padece un trastorno límite de personalidad, ha vuelto a solicitar tarjetas de crédito en un par de entidades, una de las cuales ya contaba con copia de la sentencia. Tras enviar reclamación, una de las empresas se limita a anular la tarjeta, la otra no responde. Mi consulta es la siguiente: ¿No están obligadas estas empresas a comprobar la condición de aquellos que solicitan un préstamo? ¿Puedo reclamar el dinero que se le ha prestado o dado a crédito o debo conformarme con la anulación de unas tarjetas cuyo contrato dudo haya sido siquiera válido al no contar con mi firma complementaria? ¿Podrían acusar a mi familiar de estafa por haber solicitado estas tarjetas y haber hecho uso del dinero prestado o se puede probar que, por su trastorno declarado y en tratamiento desde hace años, padece un impulso consumista que no es capaz de controlar?
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