Reclamación de trienios

Te comento mi situación.
Trabajo en una empresa que pertenece al convenio de consultoras. Entré en ella en febrero de 2007 con un contrato en prácticas. En febrero de 2009, tal y como establece la ley paso a tener un contrato por obra y servicio y me finiquitan el anterior contrato en prácticas.
Actualmente estoy cobrando por encima de lo que establece el convenio para mi puesto, con lo cual en la nómina me aparecen Salario Base, Plus Convenio y Mejora Voluntaria.
Entiendo que según establece el estatuto de los trabajadores los años en prácticas se suman a la antigüedad en la empresa, con lo que este año debería haber cobrado trienio. Sin embargo para la empresa no es así y nos dice que sólo cuenta como antigüedad el último contrato, es decir el de febrero de 2009 con lo que perderíamos 2 años. Otra cosa es que no vea ni un euro ya que lo que suelen hacer es absorber el trienio con la mejora voluntaria.
¿Lleva la empresa razón? También tengo entendido que si no lo reclamase en este 2010, perdería el derecho a recibirlo, ¿es así? Ante esta situación, ¿Qué podemos hacer?
También me gustaría saber cuáles son los pasos a seguir para que a la empresa la realicen una inspección de trabajo y si esa inspección puede ser anónima.

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Tienes tú razón, el art. 11.1f) del E.T. establece que en caso de continuar en la empresa el periodo en prácticas computa a efectos de antigüedad.
Esto quiere decir que tienes derecho a exigir que te abonen el complemento de antigüedad establecido en tu convenio colectivo, independientemente a que tu salario pactado sea superior al salario del convenio la empresa debe abonarte el complemento de antigüedad, este complemente es independiente a los demás y no te pueden absorber de otros complementos el salario para compensarlo con este.
Si la empresa se niega tienes derecho a reclamarlo judicialmente, la cantidad prescribe al año desde el momento que se devenga, esto no quiere decir que si reclamas después del año pierdas el complemento, lo único que perderías sería la cantidad generada antes del año.
Respecto a la inspección, las denuncias no pueden ser anónimas pero el inspector no puede decir quién es el denunciante. Es tan simple como rellenar un formulario y entregarlo en la inspección de trabajo de tu localidad.

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