Embarazo, baja y posible despido

Llevo trabajando en una empresa desde sep-2009. Indefinida desde 1-marzo2010 con un constrato de 10h semanales. Estoy embarazada de 14 semanas, y la empresa esta pasando por un mal momento. Mi jefa me dice que me puede despedir, si yo estoy de acuerdo, pero mi pregunta es ¿tengo paro? ¿Me quedaré sin baja por maternidad? ¿Si cojo una baja, porque la situación me esta creando una ansiedad horrible, y me despide, seguiré cobrando,? ¿Y la baja por maternidad? No se que hacer, y yo no quiero quedar mal con ellos, pero somos dos empleadas, y a mi compañera prefiere no despedirla y quedarse con ella. No es justo, ya que yo necesito una estabilidad por estar embarazada. ¿Qué hago?

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Respuesta
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Es compleja la respuesta a la pregunta que plantea.
Me parece mejor para su comprensión la respuesta a cada una de las preguntas por separado;
1. En primer lugar a su pregunta de si tiene usted prestación por desempleo; usted estaría pactando con su empresa un despido, supongo que la empresa alegaría causas objetivas, pero en cualquier caso usted tendría derecho a la indemnización correspondiente y pasaría a encontrarse en situación legal de desempleo por causa a usted no imputable, con lo que si podría generar derecho a prestación.
2.En segundo lugar, me pregunta si se quedaría sin baja por maternidad, una vez extinguido su contato; la respuesta es no. Si usted esta percibiendo prestación por desempleo total y pasa a la situación de maternidad durante la misma, según prevé el artículo 222 LGSS, se le suspendería la prestación por desempleo y pasaría a percibir la maternidad (siempre que cumpla los requisitos para su obtención), y una vez agotada la maternidad, se volvería a abrir el desempleo por el período que restase en el momento en que fue suspendido.
3. Si usted coge una baja por Incapacidad Temporal y su empresa la despide; en este caso usted seguiría percibiendo la prestación de IT en igual cuantía que le correspondería por desempleo, pero en este caso se descontaría el período consumido en IT de su prestación por desempleo.
4. Por último, ante su indignación por el despido decirle que al ser usted indefinida, la opción por la que optará la empresa para extinguir su contrato será la del despido por causas objetivas, pero le recuerdo que este despido esta sujeto a unas causas y que han de ser probadas. Si la empresa alega causas económicas y usted entiende que no se dan las mismas, póngase en contacto con un abogado laboralista o con un sindicato a efectos de estudiar el caso y ver si podría prosperar una impugnación del despido para que se le reconozca improcedente o, si entiende que el despido es causa del embarazo podría incluso reclamar que el despido sea nulo.

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