Empresa Rumana en España (SS.SS. E Ins. Trabajo)

La empresa en la que trabajo va a contratar la prestación de unos servicios a una empresa Rumana. Es decir vendrán unos asalariados Rumanos que están dados de alta en su país y cotizan y tributan en su país. Por su puesto la empresa Rumana ni está constituida aquí como empresa, ni tiene una filial ni nada parecido.
¿Sería esta figura legal en nuestro país? ¿Qué pasaría si se personase la inspección de trabajo donde se encuentren trabajando? ¿Cómo se justificaría su legalidad laboral? ¿Y si tuvieran un accidente? ¿Quién cubriría esos gastos?
¿Tiene qué pedir la empresa Rumana algún tipo de permiso para poder trabajar aquí? ¿O tiene que constituir una sociedad aquí?

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En un principio y como forma parte de la comunidad económica europea hay libre circulación de personas y mercancías, entonces entiendo que si pueden trabajar o realizar trabajos en españa.
Tendréis que formalizar u nocntrato, ellos tendrán que cumplir toda la legislación española o europea en cuanto a seguridad e higiene, tiene tu empresa que solicitar los documentos necesarios y acreditativos de que están en regla tanto la empresa como todos los empleados que interviene en el trabajo al corriente de sus obligaciones . y vosotros lo que tendréis que hacer y como me imagino sera por una obra le pagareis pero tendres que aplicarles las retenciones y os tienen que facturar con el IVA Español
esto es a muy groso modo, y yo me asesoraría si no estoy acostumbrado a estas cosas con un especialista en el tema
después de calcular los costes aplicándole el IVA Español y todos los gastos que os acarreara esta contratación sale tan barato traer una empresa de fuera .
Gracias por la respuesta. He indagado más en el tema y la empresa rumana debe inscribirse en el REA (Registro de Empresas Acreditadas), registro que autoriza a contratar y subcontratar con empresas de la construcción y para que empresas extranjeras puedan trabajar en nuestro país. En principio con que cumplan ese requisito nosotros no tendremos problemas y ellos supuestamente tampoco, porque al inscribirse en el REA deberán inscribir a los trabajadores que tienen desplazados en nuestro país. Esa base de datos se comunica a la autoridad laboral y por tanto en caso de inspección de trabajo ellos deben tener en su base de datos a esos trabajadores como empleados de una empresa acreditada para desplazarse.

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