Preaviso despido objetivo

Recientemente, me han despedido por causas objetivas y me han entregado una carta justificativa y un cheque en concepto de indemnización, el cual he rechacé y me fue ingresado en mi cuenta. No me abonaron el finiquito.
Como que no hacen uso del preaviso, me indican que me abonarán un mes de salario cuando me paguen el finiquito. Mi pregunta es ¿El importe por la ausencia de preaviso, no forma parte de la indemnización? En ese caso, ¿podría tratarse de un despido nulo por no haberme abonado correctamente la indemnización?

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Desde Juristas Asociados:
La indemnizaciones por falta de preaviso no forman parte de la indemnización por 20 días por año sino que va fuera.
En el caso de que lo te la paguen deberías interponer una demanda por reclamación de cantidad.
La siguiente cuestión es si te han pagado menos en concepto de indemnización, en este el despido nulo sería nulo, como máximo improcedente al haberte abonado una cuantía inferior a la debida siempre y cuando sea debido a un error manifiesto de la empresa y no a un error meramente aritmético: ¿No es lo mismo que te deabn 20E que te deban 1000?.
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Pues, quizás no me han abonado todo el importe de la indemnización. En el momento del despido tenía un contrato fijo desde hacía 5 años y para el cómputo de la indemnización han considerado la fecha de éste, cuando antes había tenido otro temporal de tres meses, habiendo un espacio entre la finalización del primero y el inicio del segundo de 10 días. Creo que si el espacio es inferior a 20 días, se considera que no hay discontinuidad en la prestación de servicios. Supongo que para demostrar esto bastará con la vida laboral, pues no he encontrado el primer contrato.
¿Podría enfocar la demanda, como apuntas, por despido nulo, al no haber puesto la empresa a mi disposición el importe real de mi indemnización?
El truco esta en si usted ha firmado el finiquito.
Si no lo ha hecho podría demandar por despido improcedente:
- En primer lugar alegaría las causas por las que el despido no reúne los motivos que aduce la empresa.
- Y en segundo lugar debería especificar que el importe sobre el que se le ha calculado su despido es inferior al que realmente le corresponde. En este último caso si la empresa le ha pagado menos se puede considerar improcedente el despido.
Pero debe tener claro que nunca sería nulo salvo que existan otros motivos que por lo que me ha explicado no existen.
Le esperamos en:

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