Despido nulo sin querer readmisión

Fui despedido por causas objetivas económicas y demandé a la empresa por que, en la misma, existe un trabajador con idéntica categoría y funciones que yo, pero con una antigüedad inferior. No hay conciliación en el SMAC. Vamos a juicio y resulta ser que ni yo ni mi abogado nos habíamos percatado que el concepto indemnización por despido objetivo está incorrecto, me habían pagado menos, no mucho, pero menos, lo suficiente según la sentencia para no calificarlo de error de cálculo. Consecuencia: despido NULO y condena a la empresa a abonar los salarios de tramitación y a mí a devolver lo percibido en concepto de indemnización. La sentencia se hace firme el martes 29. Estos son los hechos.
Las preguntas son:
¿Estoy obligado, si la empresa no me comunica la fecha de readmisión, a suplicar la ejecución de la sentencia o puedo dejar pasar el plazo y quedarme como estoy pues yo no deseaba la nulidad?, dado que el ambiente en la empresa es pésimo y llevan un atraso en el cobro de los salarios de los casi 90 días legales. Si lo hiciera así, ¿esto podría acarrearme algún perjuicio económico: paro, multa, etc., por no acatar la sentencia? Conste que al día siguiente a la notificación me personé en la empresa y el gerente me facilita un documento en el cuál certifica que yo me he presentado el día de la fecha y que no es necesaria mi comparecencia diaria hasta nuevo aviso por parte de la empresa. Firma y cuño de la misma.
Además, saber si esta situación, se puede utilizar para obtener algún tipo de beneficio económico por mi parte, dado que a la empresa, si se le obliga a acatar la sentencia, ello le cuesta un buen pellizco pues ha pasado 4 meses desde el despido.
Ahora bien, en el caso de que al final tuviera que volver a trabajar allí, ¿Debo devolver lo cobrado por el no preaviso? O ¿Cómo entiendo que pone en la sentencia "... Y debiendo el trabajador devolver lo percibido por el concepto de indemnización por despido objetivo" que, según mi documento de liquidación está señalado como un concepto diferente al no preaviso, sólo he de devolver tal indemnización, a parte de lo que supongo lógico, la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones que luego cobraría y disfrutaría?. Lo cobrado por desempleo ya sé que se me descontará de los salarios de tramitación, puesto que a la empresa se lo reclamará la S.S.

2 Respuestas

Respuesta
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Si el despido es nulo y la empresa desea reincorporarte y tu te niegas, pierdes todo el derecho a indemnización es como si te hubieras ido voluntariamente. En principio creo que la empresa actuara pagándote la indemnización del despido a no ser que ese entere que tu no quieres volver y te diga que te reincorporas al trabajo para no tener que indemnizarte.
Primero muchas gracias por tu respuesta y tu tiempo.
Entiendo que si la empresa me ofrece algún tipo de incentivo económico, puesto que a ésta el readmitirme le cuesta un dinero, ya que han pasado 4 meses desde el despido, ¿no me supone ningún perjuicio por ser, si es que lo es, ilegal, en un futuro?
Me refiero a si, en un futuro y en la situación de casi quiebra, o eso han intentado demostrar desde siempre, la empresa fuera intervenida o algo similar y apareciera la sentencia, ¿esto podría o no darme problemas? ¿o, la sentencia se queda en un limbo si, ni la empresa ni yo instamos a su ejecución, la primera comunicándome la fecha de la reincorporación o yo suplicando al juzgado la ejecución de la sentencia?
Si fuera este caso, ¿qué plazo habría para que prescribiera, por decirlo así, la sentencia? El artículo 245 de la LPL es el que me hace dudar de la legalidad de aceptar propuestas económicas de la empresa.
Supongo que la empresa no querrá readmitirme ya que el motivo por el que me despidió sigue vigente, la empresa va mal, muy mal, pero si fuera así, ya sé que no puedo negarme a ello, en ese caso, ¿debería devolver lo que se me dio por el no preaviso?. Mi abogado dice no tenerlo claro, yo le he comentado el artículo 123.2 de la LPL y, después de quedarse a cuadros, no ha sabido decirme a ciencia cierta si lo tengo que devolver o no...
De nuevo, muchas gracias por tu tiempo e información.
En primer lugar aunque la empresa te readmita debe de pagarte los salarios de tramitación y en caso de que te indemnicen también debe de pagarlo. Una vez que te reincorpores al trabajo y se cumpla la sentencia posteriormente se delara un ere o una suspensión de pagos ya la sentencia al haberse ejecutado estarías como el resto de tus compañeros.
La sentencia si es definitiva se tiene que cumplir, en caso contrario se debe de pedir al juzgado que se ejecute la misma.
En caso de readmisión se miraría el dinero abonado y el que ellos te tienen que abonar los salarios de tramitación que dice la sentencia. Habrá que mirar en que concepto te han abonado el dinero y si está mal abonado. Yo me preocuparía más en el cumplimiento de la misma.
Respuesta
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Creo que la persona que mejor debe informarles es su abogado, por una parte, pero sí debe devolver hasta el importe del salario mínimo que haya recibido en estos meses, y si fue por debajo del salario mínimo justificarlo.
Los demás pormenores, como le digo debe informarle su abogado y si debiera negociar cualquier cosa con la empresa haga servicio de él para que le represente.
Desde mi puesto, no puedo asesorarle en más.
Mucha suerte
YO ya sé que quien me tiene que informar es mi abogado, pero si siempre fuera así, no existirían este tipo de foros y webs.
"... Pero sí debe devolver hasta el importe del salario mínimo que haya recibido en estos meses, y si fue por debajo del salario mínimo justificarlo"...
No entiendo absolutamente nada de lo que quiere decir en esta su frase.
También se que que mi abogado es quien tiene que negociar con la empresa, pero también sé que ni a ésta ni, con cierta probabilidad, a mi abogado le importe mucho si, pasado el tiempo, a mí me cae o no una sanción, multa o lo que sea por haber hecho algo "fraudulento", dado que hasta día de hoy, nadie, ni mi abogado, ha sabido decirme si puedo hacer o no lo que en el anterior mensaje expuse y lo que a día de hoy también la empresa me ofrece.
Así pues le pediría que por lo menos me explicase su ininteligible explicación. Gracias.
Perdones, pero en mi caso, no alcanzo al nivel que me solicita, y por otro lado si el abogado que tiene no puede informarle más, debe ir a un sindicato en donde le asesoren.
Me gustaría ayudarle más, pero no profundizo a este nivel por no tener experiencia en él, pero si en un sindicato le ayudarán.
Le deso mucha suerte
Si no es tema en el cual pueda aportar información no sé como es usted EXPERTO, dado que para ello hay que tener EXPERIENCIA... EXPERIENCIA=EXPERTO.
Gracias.

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