Convenio transporte y antigüedad

En el convenio de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona nº 0804295, dice el art 23 PLUS ANTIGÜEDAD, La promoción económica en función del trabajo desarrollado, que se devengará desde el día 1 del mes natural siguiente a su vencimiento, se satisfará a razón de 2 Bienios al 5% y 5 Quinquenios al 10%, calculados sobre el salario base pactado en en presente convenio para cada categoría.
¿Cuál sería la escala aplicar a partir de los 2 años?

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Según los datos que has indicado el plus de antigüedad sería un porcentaje sobre el salario base del convenio, y sería el siguiente:
A los dos años el 5%
A los cuatro años el 10%
A los nueve años el 20%
A los catorce años el 30%
A los diecinueve años el 40%
A los veinticuatro años el 50%
Y a los veintinueve años el 60%

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