Pagas extraordinarias

Buenos días,
Empecé a trabajar en una agencia de publicidad (convenio agencias de publicidad) el 21 de octubre de 2010 con un contrato de 3 meses.
En mi contrato, se estableció un "bruto anual de 32.000 euros distribuidos en 15 pagas". En diciembre me pagaron unos 300 euros. En enero (el día 21) me hicieron indefinido, estipulándose en mi contrato lo mismo: "32.000 euros brutos anuales distribuidos en 15 pagas".
Sé que las pagas se devengan, según convenio y empresa, en relación con la antigüedad en la empresa.
Mi pregunta es, de cara a la antigüedad (para el tema de las pagas), ¿me cuenta desde octubre o desde enero?
y, la más importante: si yo cobro la parte proporcional de la paga extra de marzo, la parte proporcional de la paga extra de julio y completa en diciembre de 2011, cuando lleve un año en la empresa, ¿no habré cobrado menos de los 32.000 euros brutos anuales que estipula mi contrato? ¿Me lo darán de "golpe" cuando pase un año?
Muchas gracias

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La antigüedad comienza a computarse el 21-10-2010, porque es desde el primer contrato ya que entiendo que lo que le hicieron fue una trasformación en indefinido.
Lo que le deben hacer es prorratear las pagas en función de esos 32.000 Euros, pues la suma de las 15 pagas debe dar ese resultado a 31 de Diciembre.

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