Contrato indefinido jornada completa a parcial

Expongo mi problema a ver si alguien me puede ayudar lo antes posible.
Trabajo desde hace 4 años en una cafetería, lógicamente soy indefinida, hace dos meses nos comentaron que iban a abrir ya solo por las mañanas y por las noches, al medio día se cierra. Nos reducen el jornal de 40h a 25h y salario, a casi la mitad.
Yo hablé con el dueño y le comente que no puedo vivir con ese sueldo y horario, pues no me permite buscar otro trabajo. Me prometieron que me despedirían con 33 dias/año.
El 31 de Marzo me dicen que tengo que esperar un mes más a mi despido, y que tengo que firmar el nuevo contrato de medio jornada, para este mes de Abril (que es, supuestamente, el último que trabajaría allí).
Mi duda esa...
¿Lo firmó?
¿Me están engañanado para firmar y luego que no me despidan?
¿Qué puedo hacer? No puedo (y ya ni quiero) quedarme ahí.
El Lunes tengo que firmar ya.

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No firme el nuevo contrato, ya que si lo hace estará aceptando implícitamente el cambio de sus condiciones de trabajo. Por ponerle un ejemplo, esto le afectará posteriormente a cualquier prestación por desempleo que reciba, además de la base imposible cotizada a la seguridad social, etc...
Mi consejo es que diga a la compañía que o la despiden ya o no aceptará el cambio de sus condiciones de trabajo, por lo que puede acudir a la vía legal y obtener el despido improcedente (con 40 días por año trabajado) por el cambio grave de las condiciones.
Si me niego dicen que me echan con 20dias/año. No se a quien o donde acudir, si buscarme un abogado laboral... Además en mi trabajo no hay un sindicato que nos ayude.
La gente me aconseja que no vaya por vía legal, que casi nunca, consigues lo que quieres.
¿Y si firmo y confío en la palabra de ellos? Es decir, que en un mes me echan.
Disculpen mi ignorancia, es que nunca me ha pasado esto.
Un saludo.
Mi consejo es que acuda a un abogado laboralista con todos su datos en la mano (nóminas, etc...) para que le aconseje la mejor opción. El empresario puede alterar las condiciones del trndrán que indemnizar abajo si está justificado técnicamente. Si usted no acepta puede optar por la rescisión del contrato con una indemnización mínima de 20 días por año trabajado. El problema es que si usted acepta el cambio y luego la despiden, se hará en función del último sueldo recibido. Si usted va por la vía legal y ellos no demuestran la necesidad de realizar el cambio de las condiciones de trabajo, entonces le tendrán que pagar hasta un máimo de 40 días por año trabajado.
Si después le pagan 33 días pero con un sueldo de 25h quizás salga perdiendo respecto a 20 días sobre un sueldo de 40h y encima puede intentar una mayor indemnización, si es que lo cree justificado. Si acepta el cambio, debe estar absolutamente segura de que después le despedirán, ya que si no lo hacen se irá sin ninguna indemnización.
Le recomiendo encarecidamente acudir a un abogado que le aconseje sobre los pasos a seguir en su caso en particular.

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