Modificación sustancial sin notificación empresarial

Buenos días, me gustaría saber cómo puedo impugnar una modificación sustancial de condiciones de trabajo (funciones laborales) si no ha habido comunicación escrita por parte de la empresa, gracias.

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Inicialmente ante la autoridad administrativa poniendo un acto de conciliación y luego si no hay acuerdo acudir al juzgado de lo social. Pero asegurate que realmente se han modificado condiciones sustanciales de tu trabajo.
Suerte.
¿Acto de conciliación? ¿Pero la modificación sustancial no está exenta de conciliación según el artículo 64 de la Ley del Procedimiento Laboral? ¿No tendría que ir directamente al Juzgado?
Sobre lo que deduces del art. 64 LPL existe un debate doctrinal al respecto en en síntesis consiste:
1.- Si las modificaciones han sido notificadas al trabajador, éste dispone de 20 días para demandar, sin pasar por la conciliación administrativa vía el art. 64 LPL en relación con un procedimiento especial del mismo texto legal vía art. 138.
2.- Ahora bien, cuando no se notifica al trabajador la modificación, es tu caso, el plazo de prescripción se convierte en un año vía art. 59.1 ET, esta es la doctrina reciente del TS pues la interpretación que se hace de ese artículo del ET es que el legislado habla de una situación normal de comunicación de las modificaciones de las condiciones, pero si no se notifican el plazo es de un año, pues en este supuesto deja de ser un procedimiento especial y se convierte en un procedimiento ordinario y como sujeto a la conciliación administrativa.
No obstante, siempre se puede poder la demanda sin el acto de conciliación y que el secretario admita o te impogan subsanar ese defecto en el procedimiento.
Suerte.

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