¿Tengo derecho a cobrar la antigüedad?

Hola
Estoy trabajando en una empresa como auxiliarde servicios con una antigüedad desde el 15 de enero del 2010.
En la nómina viene reflejada la antigüedad. El contrato es indefinido a tiempo completo de lunes a domingo en varios centros con una jornada laboral de 169 horas mensuales, la retribución bruta es de 9200 euros aproximadamente. Cobro el salario mínimo interprofesional, pluses y pagas prorrateadas.
No tenemos convenio por lo que nos regimos por el estatuto de los trabajadores y así lo indica el contrato.
Bien, me quiero cambiar de empresa. Teniendo en cuenta que tengo que avisar con 15 días de antelación y que si no lo hago se me deducirá del finiquito a cobrar, mi pregunta es que si tengo derecho a cobrar la antigüedad.
En el contrato y su anexo no dice nada de que tenga o no tenga derecho a antigüedad. La empresa ya ha finiquitado a algún compañero bien por despido o por cese voluntario y dicen que no tenemos derecho a cobrar la antigüedad.
Muchas gracias de antemano

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Efectivamente tiene derecho a cobrar la antigüedad si su cese es por despido, otra cosa sería por cese voluntario en el que habría que analizar más a fondo el contrato.
Espero haberle ayudado.
www.asvencon.com
Ok muchas gracias.
¿Y qué necesitaría saber para analizar más el contrato?
Sólo si para todas sus clausulas se acoge al ET o hace alguna mención particular en otras.
El contrato se ciñe exclusivamente al estatuto de los trabajadores y en el anexo de condiciones se refiere a normas internas de la empresa como el cobro de salario, confidencialidad y esas cosas. Lo único a destacar es que dice que si me voy yo tengo que avisar con 15 días de antelación, si no fuera así me lo descontarían de la liquidación.
La clausula décima dice que en lo que no este previsto en el contrato se estará a la legislación vigente y que resulte de aplicación y particularmente al estatuto de los trabajadores. Y en el convenio colectivo estatuto de los trabajadores.
Pues, lo dicho considero que le corresponde.

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