Cierre de empresa y reducción de jornada

Hola, mi empresa va a empezar a tener problemas de liquidez y yo llevo desde febrero con reducción de jornada por cuidado de un menor de 8 años (tiene 10 meses concretamente). Mi preguntas son:
Si cierran la empresa por impago de salarios, cual sería mi base de cotización, ¿la de ahora o la de antes de acogerme a la reducción de jornada? Es que bastante la diferencia.
Y otra pregunta: Si la empresa tiene horario de trabajo de 6 a 14 puedo ir yo a trabajar de 8 a 14, ¿o tengo que acogerme al horario de la oficina de 9 a 14 aunque mi compañera vaya a trabajar de 6 a 14?
Gracias.

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A efectos de incapacidad, jubilación, desempleo, indemnización, etc. es como si estuvieras cotizando al 100%.
Si el horario es de 6 a 14, tu puedes coger el horario que quieras dentro de esa franja, el que tú elijas.
Ok, es como si estuviera cotizando al 100%, pero de la base reguladora de antes de la reducción de jornada (1.455,90) o la base reguladora de ahora (926,09), ¿con cuál de las 2 bases me tendrían que indemnizar?
Gracias.
Con la base anterior a la reducción, claro.

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