Indemnización por no presentar comunicación de cese

¿Estoty obligado a comunicar el cese voluntario con 15 días de antelación, por resncindir un contrato de trabajo de obra de forma unilarteral y voluntaria, por parte del mía (trabajador)?,
¿Si no lo he hecho estoy obligado a indemnizar a la empresa con la misma indemnización de 15 días o en su caso los que falnten desde que realizo la comunicación hata completar los 15 días?

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Sí, estas obligado a comunicar la decisión de rescindir el contrato con 15 días de antelación (a no ser que tu convenio diga otra cosa).
Si no lo das, la empresa puede descontártelos en la liquidación.
Si son 15 días y preavisas con 7 días de antelación, la empresa puede descontarte 8 días.
Me han comentado que no es necesario el preaviso en el convenio de la construcción ya que al ser contratos por obra y que no ha llegado a duran más de un año según el estatuto de los trabajadores no es necesario.
Por favor aclarármelo
En el convenio provincial de la construcción de zaragoza, precisamente se tienen que dar 7 días de preaviso, independientemente de la duración del contrato.
En otras provincias habría que mirarlo.
Cuando no hay obligación de comunicar el fin de contrato de obra es cuando éste finaliza antes de un año, pero es para la empresa, no para el trabajador.

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