Trienios y quinquenios sucesivos

Estimado señor:

En mi convenio de artes gráficas dice que el complemento de antigüedad se calculará a razón de 2 trienios y 2 quinquenios sucesivos.

Si llevo 7 años en la empresa, ¿los trienios y quinquenios son acumulables? Quiero decir, ¿debería cobrar los 2 trienios más 1 quinquenio o solamente un quinquenio?

Muchisimas gracias

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Si usted lleva 7 años en la empresa, de momento le corresponden 2 trienios. Hasta que no lleve 12 años no cobrará el 1r quinquenio (que será totalmente acumulable a los 2 trienios).

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