Si la reducción del horario de trabajo perjudica tus intereses tienes, derecho a rescindir el contrato de trabajo con una indemnización de 20 días por año de servicio en la empresa con un tope de 9 mensualidades ademas del derecho a cobrar la prestación por desempleo siempre que reúnas el periodo mínimo de cotización para acceder a dicha prestación que como ya sabrás de sobra es de 360 días dentro de los 6 años anteriores al de la extinción de la relación laboral.. Pero también tienes la opción de aun no aceptando la modificación de la jornada de trabajo, dentro del plazo de 20 días hábiles contando a partir de la notificación de la reducción de la jornada laboral, de recurrir la modificación en el juzgado de lo social solicitando del juez la reposición de las condiciones de trabajo que tenias antes de la modificación, y si la empresa no acata la sentencia judicial tendría que indemnizarte con la cuantía correspondiente a la del despido improcedente y también tendrías derecho a cobrar el paro, y si la sentencia judicial seria favorable a la reducción de la jornada laboral seguirías teniendo el derecho a rescindir el contrato de trabajo con la indemnización de 20 días por año y un máximo de 9 mensualidades y el derecho a cobrar el paro.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..