Excedencia por cuidado de familiar: Grado mínimo de incapacidad del familiar para optar a ella
Estoy sopesando coger una excedencia por cuidado de familiar. Según el estatuto de los trabajadores, se puede optar a esta excedencia si el familiar es de segundo grado, por edad, si no tiene ingresos por trabajo, y si tiene incapacidad para desenvolverse normalmente.
Mi duda es éste último punto, ya que el resto se cumplen en mi caso; ¿Con un 33% de incapacidad sería suficiente? ¿Podría poner pegas la empresa para que me cogiera esta excedencia?.
1 respuesta
Respuesta de primilia
1