Si se produjo suspensión del puesto de trabajo por pasar a una Incapacidad Permanente, para posteriormente reincorporarse por mejoría y, luego, ser despedido quedando en situación legal de desempleo, tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo. Pero si en menos de dos años te revisan y te declaran apto para el trabajo, debes volver a tu empresa porque por Ley deben guardarte tu puesto durante un máximo de dos años.
Si pasados dos años te dan apto, al no poder volver ya a tu empresa, te acogerías al desempleo pero con una duración de Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, y un importe de cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 426 euros/mes en 2011. De todas formas aquí te dejo el teléfono de atención ciudadana del SEPE para que lo puedas consultar y te informen, de primera mano:Teléfono del SEPE:901 119 99.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..