Abogado de poca confianza

Sin embargo, creo que tampoco hemos tenido suerte con el abogado, ya que sólo ha pedido el embargo de esta cuenta corriente y de unos pagos que un cliente debía a nuestra empresa y que también son mínimos, y según tengo entendido ya no se puede ampliar la petición de ejecución de la sentencia, ¿es esto cierto, o tendríamos posibilidad de reclamar estos bienes? Y por otro lado ¿hay posibilidad de cambiarnos de abogado llegado este punto? Muchas gracias azara.

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Ya vi que preguntabas esto pero no tenía opción a contestarlo.
Mira la ley dice lo siguiente:
Texto Refundido de la Ley de Procedimiento laboral. (Aprobado por RDLeg 2/19995, de 7 de abril).
Artículo 303.
Las sentencias favorables al trabajador o beneficiario que no puedan ser ejecutadas provisionalmente conforme a esta Ley podrán serlo en la forma y condiciones establecidas en la legislación procesal civil.
Como te indiqué deberiaís de demandar nuevamente al empresario por levantamiento de bienes.
Lógicamente puedes cambiar de abogado, el nuevo que sea de vuestra confianza solicitará al anterior el traspaso de los autos y la relación con el anterior abogado.

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