Puedo presentar una reclamación pasados 9 meses después de un incidente?

Buenos días

¿Puedo presentar reclamación pasados 9 meses después de un incidente en el puesto de trabajo?

Hace 9 meses tuve una caída en mi puesto de trabajo, puedo presentar reclamación al centro comercial donde presto servicio como VS y al pensar que dicho centro incumple la ley de prevención de riesgos laborales.

Durante una persecución para tratar de detener a un delincuente que había sustraído un video juego sufrí una caída al tropezar con una alfombra situada en la entrada de discos y video juegos. Dicha alfombra tiene una altura aproximada de unos 3 centímetros pero no esta sujeta al suelo, esto es, su capa inferior no es de material antideslizante, por lo que al pisarla caí y me golpee en costillas con el arco detector u mi tobillo sufrió una torcedura de la que no me he recuperado hasta la fecha, y es mas , estoy pendiente de una intervención quirúrgica, pues reactivo una lesión anterior.

Puedo reclamar indemnización a dicho centro comercial por los perjuicios tanto económicos como de salud que me esta causando?

Gracias

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Una vez tengas reconocida la incapacidad como profesional tienes derecho a solicitar el recargo de entre el 30 y el 50% en la prestación al INSS y una vez obtengas el alta solicitar el derecho a indemnización por incapacidad permanente no invalidante también a la Dirección Provincial del INSS con recargo también de entre el 30 y 50% por la falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

Se acompañará informe de la ITSS comprobando la falta de dichas medidas.

Esas son las vías que tienes que utilizar para reclamar aumento en la prestación y una indemnización por incapacidad permanente parcial (una vez obtengas el alta se solicita esta última).

Sería con esa indemnización por incapacidad permanente parcial, derivada de las lesiones y secuelas que te quedan donde iría incluido tanto los daños por lucro cesante (dinero que dejas de ganar) como por daños morales.

Reclamar a la empresa los perjuicios económicos que estás sufriendo como consecuencia de la baja podría intentarse pero no por vía del Juzgado de lo social, sino mas bien el civil o penal y esas cuestiones se escapan a nuestro campo. Tendrías que consultarlo con un abogado experto en civil o penal.

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